Caravana de la Muerte: Juan Emilio Cheyre es condenado a 3 años de libertad vigilada
El ministro Mario Carroza dictó sentencia contra once militares como autores y cómplices en 15 delitos de homicidio.
El ministro Mario Carroza dictó hoy condena en contra de 11 militares en retiro, entre ellos el general (R) Juan Emilio Cheyre, como autores y cómplices en 15 delitos de homicidio, ilícitos perpetrados en el marco de la denominada Caravana de la Muerte, en su paso por La Serena, en octubre de 1973.
En el fallo, el ministro de fuero condenó al coronel (R) Ariosto Alberto Francisco Lapostol Orrego a la pena de 15 años y un día de presidio, como autor de los delitos reiterados de homicidio calificado de las 15 víctimas, perpetrados el 16 de octubre de 1973. Lapostol fue el comandante del regimiento “Arica” de La Serena donde ocurrieron los fusilamientos.
En tanto, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Juan Viterbo Chiminelli Fullerton, Víctor Hugo Alegre Rodríguez, Jaime Manuel Ojeda Torrent y Emilio Robert de la Mahotiere González deberán cumplir cinco años y un día de presidio como cómplices de los delitos.
Además, los exmilitares Hernán Emilio Valdebenito Bugmann, Guillermo Óscar Raby Arancibia, Juan Emilio del Sagrado Corazón de Jesús Cheyre Espinoza, Mario Hernando Vargas Miguieles y Luis Segundo Araos Flores fueron condenados a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como encubridores.
En la causa, el ministro Carroza decretó la absolución de Luis Felipe Polanco Gallardo, Hugo Héctor Leiva González, Mario Emilio Larenas Carmona y Luis Humberto Fernández Monjes, por no acreditarse su participación en los hechos.
En el aspecto civil, el fallo acogió demandas deducidas, ordenando al Estado de Chile pagar indemnizaciones a familiares de las víctimas por montos de $80.000.000, $70.000.000 y $40.000.000.
La sentencia del ministro Mario Carroza es la última de la serie de fallos dictados por los diversos episodios investigados en los que se dividió la causa conocida como Caravana de la Muerte, la que suma un total de 96 víctimas de secuestros y homicidios, procesos que desde 1998, fueron investigados y sentenciados por ministros en visita.
En los episodios “San Javier” (4 víctimas) y “Arica” (3 víctimas) existen sentencias de la Corte Suprema, del 15 de octubre de 2008 y 3 de diciembre de 2008, respectivamente. Ambos procesos fueron fallados en primera instancia por el ministro Víctor Montiglio.
En el episodio “Antofagasta” (4 víctimas) hay fallo de la Corte Suprema del 15 de diciembre de 2015; la sentencia de primera instancia fue dictada por el ministro Leopoldo Llanos.
En el episodios “Copiapó” (16 víctimas) y “Curicó” (2 víctimas) hay fallos de la Corte Suprema del 10 de abril de 2017 y del 7 de julio de 2017, respectivamente. Ambas causas fueron falladas en primera instancia por la ministra Patricia González.
En las aristas “Cauquenes” (4 víctimas) y “Valdivia” (12 víctimas) sólo existen fallos de primera instancia de la ministra Patricia González, dictados el 11 de noviembre de 2016 y 22 de noviembre de 2017, respectivamente.
En el episodio “Calama” (26 víctimas) hay sentencia de primera instancia del ministro en visita Hernán Crisosto, dictada el 23 de abril de 2018.
Además, en este último episodio existe sentencia de primera instancia por la exhumación ilegal de restos, dictada por el ministro Leopoldo Llanos el 19 de mayo de 2015.