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Actualizado el 16 de Noviembre de 2018

Cerca de 1.000 empresas se han declarado en quiebra durante 2018

Esto implica un aumento de más de 300 empresas en esta situación respecto al mismo periodo del año pasado, en el que se registraron 689 solicitudes de procedimientos de liquidación.

Por Noemí Arcos
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Esta semana se dio a conocer el cierre de la emblemática fábrica penquista de calzado Albano, lo que junto al cierre de Iansa y Maersk Container Industry, ha expandido los temores respecto al escenario económico que pretendía reactivarse con la llegada de Chile Vamos a La Moneda.

Pese a esto, según información entregada por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento a El Dínamo, entre enero y septiembre de 2018 un total 984 empresas se han acogido al proceso de quiebra establecido en la legislación que rige desde 2014.

Esto implica un aumento de más de trescientas empresas respecto al mismo periodo (enero-septiembre) del año pasado, en el que se registraron 689 solicitudes de procedimientos concursales de liquidación de activos.

Desde que entró en régimen la ley (octubre de 2014), en tanto, 3.026 empresas se han inscrito para iniciar ese procedimiento.

¿Cómo funciona el proceso?

La ley entrega diversas alternativas a las empresas y a las personas una vez que hacen un autodiagnóstico respecto a su desempeño. Así, se debe evaluar si el nivel de ingresos y deudas hace viable que sigan funcionando.

Respecto a las empresas, se establecen dos procesos posibles: la reorganización y la liquidación.

La reorganización considera que las empresas puedan mantenerse luego que presenten un plan de pago de sus deudas a una junta de acreedores, una vez que se reorganice administrativa y financieramente para poder seguir funcionando. En esa vía de reorganización se decide si, por ejemplo, es necesario reducir el personal o adquirir alguna tecnología para mejorar las producción.

En caso que ese mecanismo no sea viable,  la empresa puede optar por la liquidación.

Este, por su parte, es un proceso irrevocable en el que la firma se declara inviable y solicita que se inicie la vía judicial que conllevará a su cierre y la liquidación de sus bienes.

La liquidación equivale al cierre formal de la empresa, lo que antes de la esta ley -aprobada durante el primer mandato de Presidente Sebastián Piñera- se conocía como quiebra. Los plazos varían entre 4 meses (en el caso de la reorganización) hasta un año en el caso de la liquidación.

El registro de estas empresas es informado por la Superir. Sin embargo, en el Diario Oficial aún aparecen algunas publicaciones de quiebras. Consultada al respecto, esta entidad explica que estos procesos de cierre comenzaron en tribunales antes de la publicación de la nueva ley, por lo que recientemente se dieron cuenta en ese boletín.

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