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28 de Agosto de 2019

Contraloría toma razón del reglamento de acompañamiento de Ley de Identidad de Género

Ahora este reglamento debe publicarse en el Diario Oficial, teniendo un plazo de 120 días para su entrada en vigencia.

Por Redacción EL DÍNAMO
Ley de Identidad de Género
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La Contraloría General de la República tomó razón este miércoles del reglamento sobre acompañamiento de la Ley de Identidad de Género.

El entre contralor consignó en su fallo que “los programas de acompañamiento profesional procurarán entregar al niño, niña o adolescente las herramientas necesarias para que pueda desarrollar integralmente sus potencialidades, de acuerdo a su identidad de género, según su edad y grado de madurez”.

Junto con ello, los programas de acompañamiento profesional “podrán ser ofrecidos por el Estado directamente, o por personas jurídicas sin fines de lucro que cuenten con acreditación vigente otorgada por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de la Niñez”.

Uno de los principales aspectos de este reglamento es que recalca que “la decisión de acceder a los programas de acompañamiento profesional, así como la de participar de las diversas acciones que éstos comprendan, será siempre voluntaria”.

“El acompañamiento profesional solo podrá otorgarse en la medida que sea solicitado por el niño, niña o adolescente, de acuerdo a su edad y grado de madurez, o su familia. Para estos efectos, se requerirá el consentimiento de cada uno de los sujetos de atención de forma separada. En ningún caso, el niño, niña o adolescente accederá al programa
acompañamiento profesional, si es que manifiesta su oposición al mismo”, consignó la Contraloría.

Los programas de acompañamiento deberán ser personalizados, respetando “los procesos individuales de cada niño, niña o adolescente, así como de su grupo familiar. Para ello, deberá considerar la autonomía progresiva de los primeros, además de su contexto psicosocial y familiar”.

Ahora este reglamento debe publicarse en el Diario Oficial, teniendo un plazo de 120 días para su entrada en vigencia.

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