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Actualizado el 30 de Agosto de 2019

Piñera ha entregado 11 indultos a condenados enfermos terminales

A esta fecha, el Mandatario ya superó la cantidad total de libertades concedidas por Michelle Bachelet durante su segunda administración, que fueron 10.

Por Redacción EL DÍNAMO
indultos
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En casi un año y medio de Gobierno, el Presidente Sebastián Piñera ha otorgado indultos por razones humanitarias de salud a 11 reos condenados del país.

Según publica este viernes el diario La Tercera, entre ellos figuran el ex coronel René Cardemil, condenado a 10 años y un día de prisión por el caso Torres de San Borja, a quien le concedió la libertad el 6 de abril de 2018. Sin embargo, murió un día después a causa de un cáncer prostático con metástasis y no alcanzó a materializarse.

Además de él, cinco de los indultados cumplían penas por tráfico de drogas, tres por delitos relacionados al robo, uno por receptación y otro por parricidio.

Este último caso corresponde a una mujer de 78 años, afectada por cáncer cervicouterino y que cumplía una condena de 15 años por el asesinato de su esposo en 2006, la cual recibió el indulto en julio del año pasado luego de cuatro solicitudes rechazadas.

El penal de Valparaíso es el único que se repite con dos casos, mientras los restantes indultados eran internos de Punta Peuco, y de los recintos carcelarios de Colina II, Puerto Montt, Chillán, Arica, Quillota, Alto Hospicio y la Cárcel de Mujeres de Santiago.

Sólo 26 días de Gobierno, tras asumir el 11 de marzo de 2018, pasaron para que Piñera otorgara los primeros dos indultos; y a esta fecha ya superó la cantidad total de libertades concedidas por Michelle Bachelet durante su segunda administración (2014-2018), que fueron 10.

Consultados en el Ministerio de Justicia, evitaron referirse a los caso en particular, pero detallaron algunos de los criterios que se toman en cuenta, entre ellos “que la persona solicitante se encuentre diagnosticada con una enfermedad en fase terminal y que esta importe una enfermedad o condición patológica grave e irreversible, que no tiene tratamiento eficaz de acuerdo a los conocimientos médicos y con pronóstico fatal en un tiempo próximo”.

Otro apunta a que “la persona tenga un menoscabo físico grave e irrecuperable que le provoque una dependencia severa, tratándose de un padecimiento permanente y sin posibilidad de rehabilitación, que provoca a la persona una pérdida de la autonomía o de la capacidad para desarrollar actividades básica de su vida diaria por sí misma”.

Ambas condiciones descritas deben ser certificadas por el Servicio Médico Legal, pero la decisión final es del jefe de Estado, tras examinar “caso a caso para determinar la concesión o denegación” del indulto.

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