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Actualizado el 8 de Enero de 2020

Presidente Piñera promulga ley que permitirá acceder a medicamentos más baratos

La normativa permitirá que el organismo pueda importar e intermediar fármacos, lo que facilitará el acceso a medicamentos a farmacias, bajando así su precio.

Por Redacción EL DÍNAMO
cenabast
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El Presidente Sebastián Piñera, junto al ministro de Salud, Jaime Mañalich, promulgó este miércoles la Ley que amplía las facultades de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional Servicio de Salud (Cenabast).

Según el Mandatario, la normativa permitirá que los chilenos puedan optar a medicamentos hasta un 70% más económicos, tras responsabilizar a algunas farmacias y laboratorios de llevar “demasiado tiempo abusando de demasiados chilenos”, y enfatizar que “bajar los precios de los medicamentos es un imperativo moral”.

“Porque todos sabemos que los medicamentosos en Chile son mucho mas caros”, expresó Piñera.

Asimismo, recalcó que Cenabast cumplía hasta ahora un rol “que no era suficiente”, y que con esta nueva medida que permitirá ampliar sus facultades podrá importar medicamentos a precios más económicos directamente a las farmacias, y así “no va a quedar cautivo de las ofertas que se generan de nuestro territorio”.

Con la nueva ley, que entrará en vigencia el 6 de abril, Cenabast podrá importar e intermediar fármacos. Así podrá facilitar el acceso a medicamentos a farmacias independientes, cadenas de farmacias independientes y a las grandes cadenas nacionales (Cruz Verde, Salcobrand, Ahumada, Dr Simi y Red Farma). Todo al precio con el que negocia la Central, estableciendo eso sí, un valor máximo de venta.

Las farmacias deberán ofrecer primero a los clientes, el medicamento cuya compra fue intermediada por Cenabast. Además, deberán contar con el petitorio mínimo de estos productos y se sancionará si esto no se cumple.

Al mismo tiempo, se castigará a los establecimientos que cobren a un precio mayor al dispuesto. Las multas estarán asociadas al tamaño de la farmacia puesto que la infracción irá al recinto en particular, no a la marca específica.

La entrada en vigencia de la ley será gradual, ya que a los 90 días deberían abastecerse las farmacias pequeñas o almacenes farmacéuticos únicos en una comuna, es decir, aquellas que vendan menos de 250 millones mensuales.

A 12 meses de la entrada en vigencia deben funcionar las farmacias pequeñas que pertenezcan a cadenas independientes. A 24 meses estaría a disposición la intermediación a cadenas de farmacias a nivel nacional.

Según expresó el Mandatario, en una primera etapa Cenabast podrá vender medicamentos con estos precios más económicos a las farmacias de barrio; posteriormente, se espera incluir a las farmacias más grandes. Para asegurar que el precio bajo se mantenga, establecerán un precio límite máximo al que las farmacias podrán vender los medicamentos, asegurando así que éstos sean más baratos.

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