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15 de Enero de 2020

La propuesta de Quintana y Navarro para regular el derecho a reunión antes que el Gobierno

Según alegan los senadores e impulsores de la medida, actualmente "existen incoherencias, amarradas al decreto supremo 1.086 heredado de la dictadura".

Por Hernán Claro
oposición derecho reunión
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Casi junto el proyecto de ley que anunció el Ministerio de Justicia para regular el derecho a reunión, la oposición salió en masa a cuestionar la medida. Fue tal el descontento que desde el Senado elaboraron una iniciativa distinta a la del Gobierno.

Se trata de un proyecto del senador Jaime Quintana (PPD) y también firmado por Felipe Harboe (PPD), Alfonso de Urresti (PS), Juan Ignacio Latorre (RD) y Alejandro Navarro (PRO).

De acuerdo al documento ingresado por Quintana, la idea es establecer expresamente “una limitación que debiera ser evidente y resultar de una simple interpretación orgánica de la Constitución”, es decir, “que el intendente o Delegado Presidencial Regional no pueda limitar, restringir o suspender el derecho a reunión” como habría ocurrido con la “estrategia de copamiento” en Plaza Italia.

Por ello es que los firmantes piden modificar la letra B del Artículo N° 2 de un decreto del 2005 elaborado por Ministerio del Interior relativo a la seguridad pública, para incluir que “en ningún caso, significará una limitación, restricción o suspensión a los derechos garantizados por la Constitución, especialmente, en lo relativo al derecho a reunirse pacíficamente, sin permiso previo y sin armas, salvo en los casos expresamente señalados en la ley”.

Además, plantean transformar, “el tristemente célebre Decreto Supremo Nº1.086 de Ministerio del Interior, de 1983, sobre reuniones públicas”, el cual según Quintana “establece como mecanismo de control de orden y seguridad pública de las reuniones públicas el aviso previo a la autoridad de gobierno interior, la que podrá prohibir, fundada y razonablemente la reunión”.

¿Por qué adelantarse a la propuesta del Gobierno?

Más allá de competir con el Gobierno como acusan desde el oficialismo, uno de los senadores firmantes de la iniciativa, Alejandro Navarro, explicó a EL DÍNAMO que “el respeto y garantía del derecho a la libre reunión, de asociación y de manifestación son derechos civiles y políticos de primera categoría que se resguardan y promueven en toda sociedad democrática”.

De hecho, el derecho de reunión es un derecho humano fundamental reconocido en variados documentos internacionales, entre los que destacan, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Carta Africana de Derechos Humanos y los Derechos de los Pueblos. Así como también en nuestra actual Carta Magna de 1980.

Pese a ello, Navarro explicó que “en Chile existen incoherencias, amarradas al decreto supremo 1.086 heredado de la dictadura”.

“Cualquier modificación que se quiera hacer a este derecho en la Constitución, como así lo pretende el Ministerio de Justicia y DDHH, debe partir por una hoja en blanco para el Decreto Supremo 1.086, que sea reflejo del nuevo Chile y ajustado a estándares internacionales en materia de DD.HH.”, detalló el parlamentario.

Además Alejandro Navarro pidió acompañar la propuesta de la oposición con “una reforma a Carabineros” que “fiscalice y ajuste sus mecanismos internos y protocolos del uso de la fuerza a los mayores estándares internacionales de derechos humanos”.

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