Contraloría dicta instructivo para funcionarios públicos de cara al plebiscito
"Los medios de información de carácter institucional, tales como páginas electrónicas y redes sociales, solo pueden ser utilizados para emitir expresiones que digan relación con el funcionamiento del organismo respectivo", agregó.
La Contraloría General de la República ha impartido instrucciones respecto del proceso plebiscitario que se desarrollará en el país el próximo 26 de abril, dejando en claro que las autoridades deberán adoptar “todas las medidas que procedan a fin de dar la debida y oportuna publicidad a tales instrucciones, así como velar por su cumplimiento”.
Así, el organismo dejó en claro que “las autoridades, jefaturas y funcionarios, cualquiera sea su jerarquía, y con independencia del estatuto jurídico que los rija, en el desempeño de la función pública que ejercen, no deben promover o intervenir en campañas relativas a las posturas del plebiscito, ejercer coacción sobre otros empleados o sobre los particulares y, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar, o algunas las proposiciones plebiscitadas”.
Junto con ello, Contraloría aclaró que “configura un ilícito administrativo usar para los indicados propósitos, los recursos públicos, así como los bienes fiscales, municipales o de otras entidades estatales”.
“Los medios de información de carácter institucional, tales como páginas electrónicas y redes sociales, solo pueden ser utilizados para emitir expresiones que digan relación con el funcionamiento del organismo respectivo”, agregó.
En la misma línea explicó que “existe la prohibición absoluta de usar los vehículos estatales en cometidos particulares o ajenos al órgano o servicio al cual pertenecen (…) siendo útil agregar que dicha prohibición no admite excepciones de ninguna especie y afecta a todos los servidores que emplean vehículos sujetos al citado decreto ley”.
“Todo lo anterior, no obsta a que, al margen del desempeño del cargo, las autoridades, jefaturas y funcionarios, en su calidad de ciudadanos, se encuentran habilitados para ejercer los derechos políticos consagrados en el artículo 13 de la Carta Fundamental, pudiendo emitir libremente sus opiniones en materias políticas y realizar actividades de esa naturaleza, siempre que las desarrollen fuera de la jornada de trabajo y con recursos propios”, argumentó Contraloría.
Finalmente recalca que no se opone a las campañas que realice el Gobierno “sobre la importancia de concurrir a participar en el plebiscito y que informe acerca de las características de dicho proceso y las posiciones plebiscitadas, a fin de que la ciudadanía esté debidamente informada sobre la materia. Lo anterior, por cierto, en la medida que aquello se ejecute con la debida imparcialidad”.