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Actualizado el 24 de Noviembre de 2020

Discusión Constitucional: ¿y el contenido?

"Lo fundamental en una Constitución es su contenido. El resguardo de estos principios, garantías y derechos no ha sido en vano, ni son nociones abstractas alejada de la realidad de los chilenos".

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Tomás Bengolea L. es Presidente de Fundación ChileSiempre.

El 15 de noviembre de 2019, en un contexto de presión y mucha violencia en diversos puntos del país, las fuerzas democráticas del Congreso Nacional adoptaron el llamado “Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución”.

Entre otros puntos, se daba inicio a un proceso constituyente que tendrá como primera etapa la realización de un plebiscito de entrada este 26 de abril de 2020, en poco más de cuarenta días.

La crisis y el proceso constituyente han producido un profundo debate en Chile durante los últimos cuatro meses.

Con todo, la discusión constitucional ha dejado mucho que desear, no sólo porque la estamos desarrollando en un ambiente de violencia y ausencia de orden público, sino también porque el debate ha estado repleto de “eslóganes” y frases al aire, dejando de lado la discusión de fondo: ¿qué artículos quieren ser eliminados de la actual constitución? ¿Qué normas constitucionales son las que, supuestamente, impiden realizar reformas sociales? ¿Cómo imaginan, quienes están por el apruebo, una nueva constitución? ¿Qué garantías o derechos pretenden incluir en ella y cuáles quieren eliminar? ¿Qué instituciones deberían estar establecidas en la nueva carta magna? En simple: ¿con qué ideas, con qué contenido, con qué principios quieren llenar la hoja en blanco quienes pretenden que el cambio no sea un salto al vacío?

Lamentablemente, de contenidos hemos escuchado poco. Algunos de los líderes del apruebo, como el Senador Girardi, pretenden excluir de una eventual nueva constitución aspectos tan fundamentales como el Derecho a la vida, además de limitar el derecho de propiedad y debilitar los órganos de control constitucional. No se sabe mucho más de qué pretenden escribir los promotores del apruebo en una posible nueva constitución, sin embargo, se hace necesario repasar algunos contenidos fundamentales que sí están resguardados en la constitución vigente, firmada por Ricardo Lagos el 2005.

En primer lugar, la Constitución reconoce el valor intrínseco de cada persona humana, y establece con claridad que “las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, y que “el Estado está al servicio de la persona” y no al revés. Esto es, por sí mismo, el principal límite al poder político: ninguna ley, ninguna autoridad política, ningún gobierno de turno pueden vulnerar los derechos fundamentales de las personas, que la Constitución reconoce y garantiza en su artículo 19, alejándose así de cualquier concepción colectivista o totalitaria. Y a su vez, impone la obligación al Estado de procurar el desarrollo integral de la persona, con ello, tener las herramientas para socorrer a las personas en gran necesidad.

Además, la Constitución establece como “núcleo fundamental de la sociedad” el espacio en el que las personas llegan al mundo: la familia, y, a su vez, promueve que las personas se agrupen libremente y puedan conformar vínculos sociales para desarrollarse y perfeccionarse como personas. Es decir, la Constitución pone en el centro del orden político a las personas, sus familias y sus agrupaciones sociales, apartándose también de las nociones individualistas que desconocen la naturaleza social del ser humano.

En consecuencia, los derechos que la Constitución establece son una consecuencia necesaria de este conjunto de principios que ella misma salvaguarda. ¿Nos parece justo que sean los padres quienes elijan la educación de sus hijos y no el Estado el que decida por ellos el tipo de formación que deben recibir? La Constitución le garantiza a las familias chilenas este derecho, protegiendo la libertad de enseñanza. ¿Queremos construir verdaderamente un Chile de emprendedores? ¿Creemos que las personas tienen derecho a hacerse dueños de los frutos de su trabajo? Pensamos que sí. La Constitución vigente garantiza la libre iniciativa económica de las personas y el derecho de propiedad, que son la base del crecimiento económico y el progreso social.

Lo fundamental en una Constitución es su contenido. El resguardo de estos principios, garantías y derechos no ha sido en vano, ni son nociones abstractas alejada de la realidad de los chilenos. Precisamente, al poner a la persona en el centro de la sociedad, promover la importancia de la familia y el derecho de los padres a elegir la educación de sus hijos y reconocer el derecho de las personas a emprender y salir adelante, la Constitución vigente, con sus modificaciones, ha sido clave para el progreso social que Chile ha experimentado –como nunca antes en su historia– en los últimos 40 años.

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