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Actualizado el 24 de Noviembre de 2020

Veto presidencial

Creemos que la forma de resolver el conflicto es otorgándole “urgencia” al proyecto de ley de garantías, de manera de que ambas leyes entren en vigencia conjuntamente.

Por Camila Ostornol
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Camila Ostornol es Abogada. Directora de la Comisión de Familias, Niñez y Adolescencia de ABOFEM (Asociación de abogadas feministas)

Hacerse cargo de la deuda que el Estado mantiene de manera histórica y persistente con los compromisos internacionales en materia de protección de derechos de los niños, niñas y adolescentes, implica, necesariamente, promulgar una Ley Marco que consagre el estatuto de sus derechos.

Nos resulta contraproducente regular lo específico sin antes atender lo general. En ese sentido, la comisión mixta logró incluir, a último minuto, en el proyecto de Ley que crea el Servicio de Protección Especializada, un artículo transitorio que supedita su entrada en vigencia a la promulgación de la Ley de Garantías, en un intento por salvar sus deficiencias y reducir la incertidumbre que muchas de sus disposiciones suscitan.

Sin embargo, el oficialismo, desatendiendo su lema de “poner a los niños primero en la fila”, ha instado al Presidente de la República a ejercer su facultad de veto presidencial respecto de este artículo transitorio.

Como Asociación, creemos que la forma de resolver el conflicto es otorgándole “urgencia” al proyecto de ley de garantías, de manera de que ambas leyes entren en vigencia conjuntamente.

Sólo de esa manera podremos contar con una reglamentación integral en materia de infancia, que garantice una adecuada protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y que sirva de guía para todos los otros proyectos de ley, en materia de infancia, que se encuentran en tramitación.

Por lo anterior, llamamos al Presidente a no ejercer su facultad de veto y, de ese modo, cumplir con lo pactado en el Acuerdo Nacional por la Infancia.

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