Corte Suprema revierte fallo que obligaba a AFP a entregar todos sus fondos a afiliado
El caso se remonta a marzo de este año cuando la Corte de Apelaciones de Talca acogió un recurso de protección presentado en contra de la AFP Provida.
La Corte Suprema revirtió un fallo que obligaba a AFP Provida a entregar la totalidad de sus fondos de pensión de su cuenta individual a uno de sus afiliados.
El caso se remonta a marzo de este año cuando la Corte de Apelaciones de Talca acogió un recurso de protección presentado en contra de la AFP Provida. El dictamen aseguraba que existía un actuar arbitrario e ilegal al negar el retiro de fondos, infringiendo el derecho de propiedad, dando un plazo de 30 días para la devolución de los ahorros.
Sin embargo, el caso llegó a la Corte Suprema, máximo tribunal que revirtió el fallo original, indicando que “la sentencia impugnada plantea una falsa colisión entre derechos de carácter constitucional”.
De acuerdo a la Corte Suprema, el afiliado actualmente recibe una pensión, por lo que no se puede justificar una vulneración al derecho de propiedad. Agrega que AFP Provida cumple con la ley al garantizar el ejercicio del derecho de seguridad social al retener los fondos de pensión.
“El ordenamiento jurídico ideó un sistema legal de capitalización individual con ahorro obligatorio, reconociendo el derecho de propiedad, empero, estableciendo modalidades concretas para el ejercicio de este derecho” concluye el fallo.
Ya en julio de 2020, la Corte Suprema emitió un fallo similar en favor de AFP Provida, destacando que los fondos de pensión tienen “un destino único y exclusivo, (que) consistente en el otorgamiento de pensiones“.