“De forma consciente transgrede sus deberes”: los detalles de la acusación constitucional contra jueza Donoso
Según el líbelo acusatorio la magistrada habría permitido la liberación de 528 reos con informes desfavorables de Gendarmería.
“De forma libre, consciente y deliberada, incumple y transgrede sus deberes”, se lee en la acusación constitucional que presentó durante esta mañana el diputado Andrés Longton de Renovación Nacional en contra de la jueza de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Silvana Donoso, quien dirigió la Comisión de Libertad Condicional que sacó de la cárcel a Hugo Bustamante, el principal sospechoso del asesinato de Ámbar Cornejo.
El escrito de 49 páginas respaldado por otros 19 legisladores que llevó Longton hasta la Oficina de Partes de la Cámara Baja busca destituir de su cargo a la jueza Donoso. El principal argumento es que la magistrado habría de forma “deliberada” y “torcida” entregado la libertad a Bustamente, pese a que un informe de Gendarmería sugería lo contrario.
Según relató Longton en el líbelo, “es ella, la acusada, quien concurre a la decisión formal de liberar a 528 condenados que contaban con informes desfavorables de Gendarmería de Chile, entidad que actuó de conformidad a sus competencias y atribuciones legales, las cuales fueron usurpadas por la Comisión”.
“La magistrada señala en entrevista del 12 de octubre que ‘ningún informe de Gendarmería es vinculante para la Comisión’. Con esto contradice los pronunciamientos de otras Comisiones y la interpretación que la misma Corte Suprema entregaba al respecto”, continuó.
Antes de ser imputado por el asesinato de Ambar Cornejo, Hugo Bustamante fue condenado por matar a su ex pareja y el hijo de esta. Por esos delitos fue sentenciado a una pena de 27 años de presidio. Sin embargo, al cumplir 11 años salió en libertad.
Además de Silvana Donoso, la Comisión de Libertad Condicional fue integrada por los jueces Paula Ramos, Alonso Arancibia, Loreto León y Eduardo Saldivia.
Líbelo acusa que jueza siguió convicciones personales
De acuerdo al escrito presentado por Longton la jueza Donoso, en su rol de presidenta de la Comisión, actuó por convicciones personales, “postergando el cumplimiento de la labor pública en vistas al bien común, sobrepasando el contenido de la reglamentación legal”.
“Un claro sesgo personal (por parte de Donoso), orientado a una interpretación particular del sentido de las normas destinadas a informar la decisión del otorgamiento del beneficio, partiendo de la base de que incluso los actos formales de las Comisiones hablan precisamente de un beneficio y no un derecho”, acusaron los parlamentarios.
Por último, en el escrito también se aseguró que con sus acciones la jueza Donoso habría puesto en peligro “la seguridad de los ciudadanos”, gracias a, “una interpretación torcida y antojadiza de normas establecidas en orden a un fin social, enfocado en la conducta y expectativas del condenado en el medio libre”.
“El criterio utilizado y que justifica la resolución de la Comisión encabezada por la ministra Donoso, es básicamente que la legislación considera la libertad condicional como un derecho y que los informes contemplados en la misma no tendrían el carácter de vinculantes, lo cual atenta contra una aplicación integral de la ley, pero además implica una desconsideración a la labor encomendada a Gendarmería en su ley orgánica”, se concluyó en la acusación constitucional.