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23 de Octubre de 2020

Defensa de Pérez afirma que Carabineros no depende de Interior durante Estado de Catástrofe

Los abogados del ministro en la acusación constitucional alegan que durante el Estado de Excepción Constitucional el liderazgo de la institución fue asumido por los jefes de la Defensa Nacional.

Por Hernán Claro
defensa Pérez
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Durante esta jornada, la Cámara de Diputados analizará la defensa del ministro del Interior, Víctor Pérez, que ingresaron este jueves sus abogados Mario Rojas y Alejandro Espinoza. En el documento, afirmaron que el actuar de Carabineros no es responsabilidad del secretario de Estado, ante el Estado de Catástrofe en que nos encontramos por la pandemia del COVID-19.

Según el documento que reveló La Tercera, los abogados indicaron que la acusación constitucional contra Pérez, presentada por la Democracia Cristiana y otros miembros de la oposición, cometería varios errores.

El error más grave, de acuerdo a los defensores, fue que bajo el Estado de Catástrofe Carabineros no dependería directamente del ministro del Interior, sino que de los jefes de la Defensa Nacional.

“El libelo incurre en el grueso error jurídico de atribuir al sr. ministro acusado la obligación legal de control de orden público, ignorando el texto actualmente vigente del decreto supremo N° 104, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, promulgado el 18 de marzo de 2020, que declara ‘estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile’”, precisaron en el documento.

A renglón seguido, los abogados Rojas y Espinoza explicaron que “en virtud de lo prevenido en las reglas jurídicas excepcionales se designó como jefes de la Defensa Nacional a ciertos miembros de las Fuerzas Armadas, que no tienen dependencia respecto del ministro del Interior y de Seguridad Pública, sino del Ministerio de Defensa“.

Defensa excusa a Pérez de responsabilidad

La acusación constitucional que inició la centroizquierda en contra de Pérez responsabiliza al secretario de Estado por no haber “aplicado el principio de igualdad ante la ley”, durante el paro camionero de fines de agosto. Además, se le culpa por el procedimiento policial que culminó con un menor de edad cayendo desde un puente al río Mapocho.

En relación al paro camionero, la defensa de Pérez alegó que hubo una falla en la “imputación de conducta” que se hace contra la autoridad, porque en el libelo acusatorio se compara esta movilización con los destrozos provocados por comuneros mapuches en la Región de La Araucanía, quienes se tomaron algunas municipalidades locales en agosto.

Luego, los defensores volvieron al primer argumento y en el documento expresaron que “el ordenamiento jurídico determina, fuera de toda duda, que durante la vigencia del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, bajo cuyo imperio ocurrieron los hechos a que el libelo alude, como ‘el paro de los camioneros’, las fuerzas de seguridad y orden público (Carabineros) no se hallan bajo dependencia y/o control del ministro del Interior y Seguridad Pública”.

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