Sernac presenta demanda colectiva contra el Preuniversitario Pedro de Valdivia
El organismo señaló que el preuniversitario cambió el programa de estudios contratado por los alumnos al comenzar la pandemia, pasando de presencial a online.
El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentó una demanda colectiva contra el Preuniversitario Pedro de Valdivia, al que acusó de infringir el derecho a la libre elección de los consumidores al cambiar, sin el consentimiento de los alumnos, los programas de estudio de presencial a online.
Según el organismo, la modificación -que se realizó debido a la pandemia de COVID-19– impidió terminar el contrato a quienes no podían o no deseaban esta nueva metodología para la prestación del servicio y negó la devolución del dinero invertido.
Con la demanda colectiva, la entidad de protección a los consumidores busca que la justicia establezca las compensaciones que correspondan a todos los consumidores que fueron afectados y además aplique al Preuniversitario Pedro de Valdivia las más altas multas que establece la Ley del Consumidor.
Sernac informó que durante el último año recibió más de 400 reclamos vinculados a este caso, precisando que “el cambio de modalidad fue aplicado sin respetar el derecho que les asiste a los consumidores a manifestar su consentimiento, viéndose los más de 35 mil matriculados en este período obligados a aceptar las nuevas condiciones”.
“Los consumidores indicaron que la nueva modalidad del servicio no les era adecuada o presentaba diversas dificultades técnicas que impedían su uso, por lo cual solicitaron terminar el contrato y la devolución del dinero pagado previamente, lo que no fue aceptado por la entidad, la cual tampoco se encuentra supervisado por la Superintendencia de Educación Superior ni ninguna otra autoridad especializada que fiscalice un estándar adecuado de calidad”, añadió.
Otro de los reclamos expuestos por los alumnos es que los planes presenciales eran más costosos que los online, por lo que la demanda colectiva también buscará que sean compensados aquellos consumidores que hicieron uso del servicio en la nueva modalidad ofrecida, con la devolución del valor pagado en exceso por un servicio diferente al inicialmente pactado.
La autoridad señaló que el preuniversitario justificó su negativa a devolver el dinero amparándose en una cláusula impuesta por la propia empresa, la cual indica que sólo se admiten solicitudes de devolución para aquellos alumnos que hubieran sido matriculados antes de los diez días hábiles anteriores al inicio de clases, y siempre que la persona hubiese realizado la solicitud dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la fecha de la matrícula.
Sernac consideró que dicha cláusula era abusiva y “no tenía sentido de la realidad”, ya que la mayoría de los estudiantes se matricularon mucho antes del inicio de clases, e incluso algunos lo hicieron durante el año anterior.