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19 de Agosto de 2021

Convención Constitucional establece su propia definición de “negacionismo”

Human Rights Watch advirtió en diciembre de 2020 al Congreso sobre un proyecto de ley similar a lo aprobado por la Comisión de Ética de la Convención.

Por Hugo Infante
negacionismo La normativa fue aprobada el miércoles por la Comisión de Ética. Deberá ser discutida por el pleno. AGENCIA UNO
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La Comisión de Ética de la Convención Constitucional, a pesar de las recomendaciones de organismos internacionales, estableció la tarde del miércoles su propia definición de “negacionismo”, la cual tendrá una norma que los sanciona y prohíbe.

Marco Barraza, constituyente del PC, explicó a CNN Chile que el concepto regirá para tres períodos de la historia reciente de Chile: la dictadura de 1973 a 1990, estallido social de 2019 y “las violaciones a los Derechos Humanos de los Pueblos Originarios”.

El artículo 23 del reglamento -que deberá ser aprobado en el pleno y establecer el detalle de las sanciones- indica que “toda acción u omisión que justifique, niegue o minimice, haga apología o glorifique los delitos de lesa humanidad ocurridos en Chile entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, y las violaciones a los Derechos Humanos ocurridas en el contexto del estallido social de octubre de 2019 y con posterioridad a este”.

La normativa también incluirá “el genocidio cultural de las que han sido víctima los Pueblos Originarios y el pueblo tribal afrodescendiente a través de la historia, durante la colonización europea y a partir de la constitución del Estado de Chile”.

HWR y el negacionismo

En septiembre de 2020, cuando el Congreso chileno debatía el proyecto de ley para sancionar el negacionismo, Human Rights Watch (HWR) alzó la voz y afirmó, a través de su director, José Miguel Vivanco, rechazar el proyecto de ley.

“Las expresiones ofensivas, por hirientes que resulten, deben ser contrarrestadas con argumentos, no con sanciones penales”, expresó Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch, quien manifestó que “el proyecto de ley contra el negacionismo contraviene estándares internacionales de derechos humanos actualmente en vigencia y probablemente no contribuirá a que cesen las expresiones ofensivas en el país”.

HRW hace hincapié que la libertad de expresión solo puede ser limitada en circunstancias muy específicas, tal como consigna el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH)ambos ratificados por Chile.

Según estos pactos, solo pueden limitar el ejercicio de la libertad de expresión de forma proporcional y necesaria para asegurar el respeto de los derechos o la reputación de otras personas, o “la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas”. Por lo tanto, señala el organismo de derechos humanos, “las restricciones establecidas en el proyecto de ley que está siendo discutido en Chile no resultan ni necesarias ni proporcionales al logro de estos objetivos”.

 

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