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Actualizado el 15 de Septiembre de 2021

Diario Oficial publica ley sobre acoso, violencia y discriminación de género en la educación superior

La iniciativa busca promover acciones para prevenir, investigar, sancionar y erradicar este tipo de hechos en las instituciones.

Por Sebastián Dote
Diario Oficial acoso educación superior La toma feminista de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile en 2018. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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El Diario Oficial publicó durante este miércoles la ley que establece una serie de regulaciones para prevenir, investigar, sancionar y erradicar el acoso sexual, la violencia y la discriminación de
género, y proteger y reparar a las víctimas en el ámbito de la educación superior.

La iniciativa, que busca promover una serie de acciones para garantizar un ambiente académico seguro y libre de acoso, surgió de las mociones presentadas por las senadoras Ximena Órdenes, Isabel Allende, Yasna Provoste, Ena Von Baer; y los senadores Carlos Montes, Juan Pablo Letelier, Ricardo Lagos Weber y Jorge Pizarro.

La nueva ley “reconoce y ampara el derecho de toda persona a desempeñarse en espacios libres de
violencia y de discriminación de género”, agregando que “es deber de todas las instituciones de educación superior adoptar todas las medidas que sean conducentes” a evitar la ocurrencia de este tipo de hechos en sus aulas o cursos.

Según el artículo 2° de la nueva normativa, se definirá como acoso sexual “cualquier acción o conducta de naturaleza o connotación sexual, sea verbal, no verbal, física, presencial, virtual o telemática, no deseada o no consentida por la persona que la recibe, que atente contra la dignidad de una persona, la igualdad de derechos, su libertad o integridad física, sexual, psíquica, emocional, o que cree un entorno intimidatorio, hostil o humillante, o que pueda amenazar, perjudicar o incidir en sus oportunidades, condiciones materiales o rendimiento laboral o académico, con independencia de si tal comportamiento o situación es aislado o reiterado”.

“Para los efectos de esta ley, quedan comprendidos todos aquellos comportamientos o situaciones que sean realizados o que tengan como destinatarias a personas que cursen programas de pre y posgrado, desarrollen funciones de docencia, administración, investigación o cualquier otra función relacionada con las instituciones de educación superior”, añadió el texto.

Adicionalmente, se exigirá a las universidades, centros de formación técnica e institutos profesionales contar con una política integral contra el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género, con la elaboración de un modelo de prevención y sanción que debe ser acordado por todos los estamentos.

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