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Actualizado el 23 de Noviembre de 2023

Corte de Valparaíso acoge a trámite recurso que pide anular el reglamento de la Convención

El tribunal de alzada revisó un recurso presentado por un bufete de abogados, que apuntó al quórum de 2/3 y los plebiscitos dirimentes en el órgano constitucional.

Por Sebastián Dote
Corte reglamento convención El recurso de protección apuntó a las facultades que tendría el órgano constituyente en la elaboración del reglamento. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió a trámite un recurso de protección en contra de la Convención Constitucional, que busca anular su reglamento apuntando al quórum de 2/3 y los plebiscitos dirimentes definidos para el funcionamiento del órgano constitucional.

El tribunal de alzada porteño revisó una acción judicial presentada por el bufete de abogados Estudio Jurídico León & Cía, donde se solicita anular el reglamento de la entidad encargada de redactar la propuesta de nueva Carta Magna, que se publicó en el Diario Oficial el pasado 13 de octubre.

“Todas las referidas normas fueron sometidas a votación mediante el quórum de mayoría simple, y no por el quórum de 2/3, vulnerando con dicha acción la norma del artículo 133 de la Constitución Política de la República”, señalaron.

Los abogados agregaron además que los artículos del reglamento de Participación Popular sobre los plebiscitos dirimentes transgreden la Constitución porque “se está atribuyendo una facultad constitucional, que no le ha sido conferida por el Legislador”.

“La Convención Constitucional no tiene facultades para ordenar ni solicitar al Poder Legislativo ni al Poder Ejecutivo la realización de plebiscitos”, añadió.

El recurso de protección añadió que “los mecanismos de aprobación de las normas constitucionales están dados en la actual Constitución, mediante la aprobación de las normas de por el quórum de 2/3, y luego por un plebiscito de salida”.

“Otra interpretación, convierte a la Convención Constitucional en un suprapoder por sobre la Constitución y las leyes, privando a los ciudadanos de la tutela judicial efectiva de sus derechos y garantías fundamentales que pudiese amenazar y/o vulnerar la Convención Constitucional en su actuar”, complementó.

La decisión de la Corte de Valparaíso se sumó al fallo entregado hace algunos días por la Corte Suprema, que acogió otro recurso presentado por constituyentes de Vamos por Chile, quienes acusaron “censura” de parte de la Convención a la hora de definir el reglamento.

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