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13 de Diciembre de 2021

Llega al Senado proyecto que prohíbe testeo en animales para fines cosméticos

Los productores podrán usar en los envases o envoltorios la etiqueta o logo libre de crueldad o no testeado en animales.

Por Cristián Meza
animales Las infracciones a las disposiciones contenidas en este artículo serán sancionadas con una multa de hasta 54 millones de pesos. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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La Comisión de Salud del Senado será la encargada de analizar el proyecto de ley que prohíbe la experimentación en animales con miras a la elaboración de productos cosméticos, así como la importación y comercialización de estos productos, si han sido testeados en animales.

El texto, que responde a tres mociones refundidas, hace presente -a través de la modificación del Código Sanitario- la necesidad de regular y consignar en forma expresa la prohibición de realizar, en animales, pruebas de seguridad o eficacia, o testeo de productos cosméticos, de higiene u odorización personal, como también su comercialización o importación. Asimismo, enfatiza en la imperatividad de establecer sanciones legales para quienes realicen tales conductas.

A efectos de garantizar la protección de la salud humana, de conformidad a las normas de este Código, los fabricantes deberán utilizar métodos alternativos de pruebas que no involucren animales para demostrar la seguridad y eficacia de productos cosméticos, de higiene y odorización personal y de todos y cada uno de sus ingredientes, combinación de ingredientes o formulaciones finales, reconocidos por el Instituto de Salud Pública o por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

Los productores podrán usar en los envases o envoltorios la etiqueta o logo “libre de crueldad” o “no testeado en animales”, para informar a los consumidores que el producto cosmético, sus ingredientes, combinación de ingredientes o formulaciones finales no han sido probados en animales, según las especificaciones que señala el reglamento.

Las infracciones a las disposiciones contenidas en este artículo serán sancionadas con una multa de hasta 54 millones de pesos (desde un décimo de unidad tributaria mensual hasta 1.000 UTM). Las reincidencias podrán ser sancionadas hasta con el doble de la multa original.

Asimismo, se incluyen las sanciones del Código Penal que señala que “el que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o sólo con esta última”. Es decir, hasta 3 años y un día y con multa de más de 162 mil pesos.

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