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Actualizado el 5 de Enero de 2022

Derecho al desarrollo de los pueblos y la Convención Constituyente

Resulta imperioso preguntarnos por el acercamiento que la Convención Constituyente realizará respecto a cómo plasmar en la Constitución el derecho del desarrollo de pueblos, ya que desde esa definición se orientaría una coherencia legal respecto a cómo se pretende establecer el derecho al desarrollo en el país.

iniciativa Convención La actitud esperable es la de una mayor capacidad de ponerse en el lugar de los otros, para lo cual el diálogo y la política del encuentro cobran una especial significación en la forma y en el fondo. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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Jaime Abedrapo

Jaime Abedrapo es Director Escuela de Gobierno en Universidad San Sebastián

Desde el personalismo es evidente que el derecho al desarrollo de los pueblos es un derecho humano, aunque desde otras perspectivas filosóficas el asunto es más debatido o cuestionado, relevando que la actual Convención Constituyente es un espacio de diálogo en el cual se pueden establecer lineamientos – que se pudieran plasmar en el espíritu de la norma – que nos permitan develar cual será la perspectiva que mayoritariamente el órgano establecerá.

Al respecto, cabe hacer notar que las normas sobre derechos humanos son parte esencial del derecho internacional, y en gran medida han sido acordadas en organismos intergubernamentales, tales como Naciones Unidas, Organización de Estados Americanos, Unión Africana, La Liga Árabe y Consejo de Europa. Sin embargo, la legitimidad de ellas se les ha otorgado a través de la opinión de la propia ciudadanía.

Para el profesor Karel Vasák, el derecho al desarrollo de los pueblos como principio jurídico está en proceso de cristalización entre las normas de tercera generación. Es decir, se ha pasado desde un enfoque estructural del análisis del derecho al desarrollo de una teoría de tercera generación o de derechos de solidaridad. Por cierto, que esta visión es confrontada por autores que sostienen que al ser tan imprecisos los derechos de tercera generación, estos no son ni serán verdaderos derechos humanos.

Desde el eficientísimo del racionalismo, en una lógica de la naturaleza humana diferente a la desarrollada por la escolástica, se presenta una oratoria hábil para la manipulación del concepto. En definitiva, los actuales sofistas que interpelan por mantener el derecho a la acumulación se olvidan de que el fundamento último del principio de solidaridad es el amor y el afecto al prójimo, por tanto, argumentan a favor de una economía aplicada (en políticas públicas) divorciada de una función que oriente al sistema internacional hacia una satisfacción de las necesidades mínimas de las personas, tanto materiales como espirituales.

Desde otra perspectiva, se habla tanto de los derechos humanos en la actualidad al extremo de que se pierde su sentido y valor. Dicho ello, a pesar de correr el riesgo de que el concepto se transforme en la ideología del siglo XXI, o en su defecto, se vacíe de contenido, resulta imperioso preguntarnos por el acercamiento que la Convención Constituyente realizará respecto a cómo
plasmar en la Constitución el derecho del desarrollo de pueblos, ya que desde esa definición se orientaría una coherencia legal respecto a cómo se pretende establecer el derecho al desarrollo en el país, es decir, cómo la Carta Magna pretende crear un nuevo consenso que permita incorporar más efectivamente el principio de solidaridad en la organización política de la nación.

Al respecto, no resulta baladí la forma de transitar desde una mirada menos fraterna, competitiva y que erosiona el tejido social, hacia una más solidaria. En efecto, es un asunto de medios y fines, es decir, no podemos esperar mayor compromiso con la responsabilidad por los demás agitando la desconfianza y la descalificación de quienes no piensan como nosotros, ni tampoco exigiendo normativas insostenibles en lo económico y en lo social. La actitud esperable es la de una mayor capacidad de ponerse en el lugar de los otros, para lo cual el diálogo y la política del encuentro cobran una especial significación en la forma y en el fondo para ser más solidarios.

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