Comisión de Derechos Fundamentales aprueba derecho a “recuperación y restitución” de tierras indígenas
Esto permitirá la expropiación de terrenos indígenas apelando a una limitación “justificada” del derecho a la propiedad privada.
La Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional aprobó en general la norma que establece el derecho a “recuperación y restitución” de tierras indígenas.
Esta propuesta consigna que “los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a la recuperación, restitución, reconstitución y reclamación de las tierras, territorios, maritorio, bienes naturales y las aguas que tradicionalmente han ocupado, ya sea que se encuentren en manos de terceros o particulares o el Fisco”.
Junto con ello, según informa Emol, deja en claro que el Estado reconoce “la desposesión, usurpación, expoliación y despojo de las tierras, territorios y bienes naturales que han sufrido los pueblos y naciones indígenas a causa de la violencia estructural e histórica”.
En esta línea, el Fisco tendría un plazo de seis meses, luego de aprobada la nueva Constitución, para generar una “Comisión Plurinacional de Catastro, Demarcación y Titulación Territorial Indígena”, que tendrá como objetivo recibir las demandas territoriales de los pueblos originarios y generar un catastro de terrenos y bienes “en posesión o dominio de terceros, particulares o el Fisco, para luego elaborar un plan de demarcación, registro o titulación y/o restitución”.
Tras esto, se crearía un Tribunal Especial de Tierras, Territorios y Aguas Ancestrales Indígenas, para resolver los reclamos interpuestos por las decisiones de la comisión de catastro.
Este organismo podrá recurrir a expropiaciones de terrenos, sosteniendo que la recuperación y restitución de tierras indígenas es de utilidad publica, además de “limitación al derecho a la propiedad privada”.