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15 de Febrero de 2022

Corte Suprema revoca libertad condicional de Facundo Jones Huala y dictamina su vuelta a prisión

De esta manera, el líder de Resistencia Ancestral Mapuche, que había sido liberado en enero, deberá retornar al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco.

Por Cristián Meza
Jones Huala fue condenado a nueve años de prisión por incendio y porte ilegal de armas. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco y rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional a Facundo Jones Huala, condenado en calidad de autor de los delitos de incendio y porte ilegal de arma de fuego.

Estos ilícitos fueron perpetrados en diciembre de 2016 en el fundo Pisu Pisué, comuna de Río Bueno, Región de Los Ríos, por los que recibió una pena de nueve años de prisión.

En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de amparo de la defensa, al considerar que la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Temuco ponderó de manera adecuada los antecedentes para denegar el beneficio, por lo que no existe actuar ilegal de dicha instancia.

Para la Sala Penal: “(…) en el presente caso aparece del recurso de amparo que la Comisión de Libertad Condicional ha ponderado los antecedentes que deben concurrir para conceder o denegar la libertad condicional del amparado en conformidad a las facultades que le confiere el Decreto Ley N° 321 y su Reglamento, que no son idénticos a los que deben considerarse al momento de imponer la pena en el caso particular de los miembros de los pueblos indígenas”.

“Por tanto –continúa–, ya sea porque la norma del art.10 N° 2 del Convenio 169 no puede ser absoluta y, con todo, es una regla aplicable a la hora de determinar la naturaleza de la pena; cuanto porque la aludida comisión, ponderando los antecedentes, estimó que los referidos avances en su proceso de reinserción social no se observan en el caso presente por los motivos que se expresan en dicha decisión, en opinión de esta Corte, no se reúnen los supuestos del artículo 21 de la Carta Política para acceder al arbitrio impetrado”, sentenció la Corte Suprema.

De esta manera, el líder de Resistencia Ancestral Mapuche, que había sido liberado en enero, deberá retornar al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco.

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