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20 de Abril de 2022

Convención envía a borrador de nueva Constitución el derecho a la muerte digna

Los convencionales de derecha acusaron que esta norma abre la puerta a la instauración de la eutanasia.

Por Cristián Meza
En otras materias, se rechazó la norma que establecía el derecho a la desobediencia civil. AGENCIA UNO
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El pleno de la Convención Constitucional aprobó una serie de normas del informe de la Comisión de Sistemas de Conocimiento, donde destaca el derecho a la muerte digna. 

Junto con ello, será parte del borrador de la nueva Constitución que “el Estado garantiza el acceso a los cuidados paliativos a todas las personas portadoras de enfermedades crónicas avanzadas, progresivas y limitantes de la vida, en especial a grupos vulnerables y en riesgo social”. 

Por contrapartida, se rechazó que “la Constitución asegura el derecho de las personas a tomar decisiones libres y autónomas sobre su vida, sus cuidados y tratamientos, con pleno respeto a su cultura, creencias y espiritualidad”, ya que se considera que puede dar pie a la eutanasia.

Esto fue cuestionado por los convencionales de derecha, donde Ruth Hurtado (Partido Republicano) acusó que “no es primera vez que en este hemiciclo nos creemos dioses, Entre iniciativas firmadas y votaciones marcadas vamos decidiendo en esta sala quien vive y quien no. Muerte Digna es el nombre que se le da a la propuesta de eutanasia, de lo que se está convirtiendo en esta verdadera Constitución de la soberbia. No dejemos que nos engañen con estos nombres rimbombantes, escudados en una falsa compasión”.

Por contrapartida, Natalia Henríquez (Pueblo Constituyente), planteó que “cuando (la muerte) surge con dolor y sufrimiento, tanto físico como psicológico, el acompañamiento tanto de la persona, como de su familia o sus seres queridos no es menor. Por tanto, el hecho que pueda existir autonomía en la toma de decisión respecto a ese proceso o momento de muerte es fundamental. Y eso incluye las voluntades anticipadas, es decir, cómo yo quiero enfrentar la muerte”.

En otras materias, se rechazó la norma que establecía el derecho a la desobediencia civil, por 60 votos a favor, 73 en contra y 17 abstenciones.

En tanto, vuelve a comisión tras ser rechazado por 60 votos a favor, 73 en contra y 17 abstencione el artículo 28, que instaura el derecho a la desobediencia civil.

Esta norma apuntaba que “toda persona tendrá derecho a la desobediencia civil contra una autoridad que estuviere incumpliendo con lo establecido en esta Constitución o estuviere vulnerando los derechos humanos reconocidos en esta Constitución o en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, sin cumplir con lo establecido en la ley, o hubiere usurpado las funciones públicas”.

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