Acogen recurso de nulidad del juicio: Corte Suprema definirá el futuro judicial de Martín Pradenas
La sentencia a 20 años de cárcel que recibió Martín Pradenas no fue la única resolución de la justicia, pues ese día también fue condenado a pagar los gastos del proceso.
“La pena es absolutamente excesiva para los hechos que se acreditaron y de la forma que se acreditaron… También pensamos que hay una infracción de garantía y también una errónea valoración de los elementos probatorios que se rindieron en el juicio. Estamos trabajando en un recurso de nulidad”.
Esa había sido la reacción de uno de los abogados de Martín Pradenas Dürr, condenado el 26 de agosto a 20 años de cárcel efectiva por siete cargos de abuso sexual y violación donde se incluye el comentado caso de Antonia Barra, quien se suicidó después de ser víctima del hombre de 29 años en Pucón, Región de La Araucanía.
Las palabras de Juan Jara anunciaban una acción judicial que busca rechazar esa primera sentencia contra su representado y, este martes, se conoció el resultado de su alegato.
Según la decisión del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, se declaró admisible el recurso de nulidad presentado por la defensa de Pradenas por lo que ahora deberá decidir su futuro la Corte Suprema.
“Los sentenciadores desoyeron las alegaciones de esta defensa, condenando, a mi representado en un proceso que contiene evidentes vicios de nulidad que fundan este recurso, debiendo haber sido absuelto”, expone el requerimiento que presentó el equipo defensor del condenado.
Corte de Apelaciones resolverá el recurso por las costas
La sentencia a 20 años de cárcel que recibió Martín Pradenas no fue la única resolución de la justicia, pues ese día también fue condenado a pagar los gastos del proceso.
En ese contexto, la defensa presentó un recurso que también fue declarado admisible por el Tribunal. La diferencia con la decisión anterior es que ahora la Corte de Apelaciones de Temuco deberá resolver si pagará o no.
“En las consideraciones de la sentencia no se contiene ningún argumento que explique dicha condena en costas. Sólo en la parte resolutiva se señala que fue totalmente vencido el acusado sin mayores fundamentos”, aduce la defensa de Pradenas.