Movilh pide al Gobierno cambiar la querella contra “Las Indetectables” por el episodio de la bandera
Desde el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual le escribieron a la vocera Camila Vallejo.
Con una carta enviada a la vocera Camila Vallejo, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) solicitó a La Moneda que se “desista de usar el artículo 373 del Código Penal” contra el grupo “Las Indetectables”.
El 27 de agosto de 2022, en la antesala del Plebiscito, esta agrupación de travestis ofreció un show en Valparaíso donde uno de sus integrantes sacó una bandera chilena del ano.
Esta presentación generó una gran polémica y el repudio de todos los sectores políticos, además de una demanda del Poder Ejecutivo realizada por la delegada presidencial porteña Sofía González, la cual es cuestionada desde el Movilh. Ofender el pudor o las buenas costumbres es el cargo de la querella.
“El Estado de Chile se ha comprometido ante diversas instancias internacionales a derogar esa norma en tanto se presta para arbitrariedades que violan derechos humanos. Hasta 2006, el artículo 373 del Código Penal fue usado comúnmente por las policías para detener arbitrariamente a parejas del mismo sexo que expresaban su afecto en público, o a personas trans sólo por vestirse acorde a su identidad de género”, explicaron desde esta agrupación.
“No define qué es ofensa al pudor, la moral o las buenas costumbres. La norma se considera altamente peligrosa para la dignidad humana debido a su discrecionalidad… De ahí que las instancias internacionales de derechos humanos exigen su derogación”, agregaron.
Las otras fórmulas para demandar según el Movilh
“Las Indetectables” por ahora enfrentan esta querella por ofender el pudor y las buenas costumbres. Es por eso que desde el Movilh reafirmaron la idea de modificar la búsqueda de sanciones para la agrupación y su controvertida performance.
“La recomendación del fiscal regional (S) de Valparaíso, Cristian Andrade, iba por otra vía. Señaló que ‘se podía configurar el delito de ultraje a la bandera, previsto y sancionado en la Ley de Seguridad del Estado’. Más aún, por este mismo caso el abogado Felipe Heusser dio otra alternativa, el artículo 95 n.º5 del Código Penal, que sanciona a quien ‘públicamente ofendiere el pudor con acciones o dichos deshonestos’”, argumentaron.
“Alternativas había, pero el Gobierno optó por usar una norma cuestionada por los estándares internacionales de derechos humanos, lo cual es preocupante. Junto con solicitar al Gobierno que evite nuevos usos del artículo 373 del Código Penal, demandamos que se retire la acción penal por esa norma iniciada contra ‘Las Indetectables’ y que, en caso de persistir el Ejecutivo con presentar acciones legales contra ese grupo, lo haga haciendo uso de normativas y herramientas jurídicas que no han sido cuestionadas por los estándares internacionales”, emplazaron.