Libertad de enseñanza, cotizaciones y sistema político: las 16 primeras definiciones de los expertos para la nueva Constitución
La Comisión Experta ingresó las primeras normas para el anteproyecto constitucional, con reglas sobre el sistema político y el Poder Judicial.
Este jueves la Comisión Experta, el organismo encargado de elaborar el anteproyecto de la propuesta de nueva Constitución, ingresó sus primeras normas, con definiciones sobre el sistema político y el Poder Judicial, entre otros.
La entidad, compuesta por 24 personas, deberá entregar un documento que debería servir como insumo para el Consejo Constitucional, organismo que tendrá 50 integrantes y que será elegido de manera directa por la ciudadanía en las elecciones del próximo 7 de mayo.
De acuerdo a lo publicado por La Tercera, los expertos acordaron el “esqueleto” de la propuesta tras varias negociaciones, en donde escucharon a diversos actores del sistema.
Las definiciones claves de la Comisión Experta
- Una de las primeras normas propuesta por la Comisión Experta en materia política fue el establecimiento de una barrera del 5% de los votos para que un partido pueda tener representación parlamentaria. Con esto se buscará evitar la fragmentación que actualmente afecta al Congreso.
- Que las elecciones parlamentarias coincidan con una eventual segunda vuelta presidencial, para que la ciudadanía tenga la posibilidad de elegir mayorías que permitan dar gobernabilidad al Ejecutivo.
- El control de la democracia interna de los partidos quedará en manos el Servel.
- El diputado o senador que renuncie al partido que declaró su candidatura deberá cesar en sus funciones, para evitar el discolaje.
- Creación de Iniciativas Populares de Norma. Un grupo de personas habilitadas para sufragar equivalente al 2% del último padrón electoral podrá presentar a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional una propuesta legislativa.
- El Senado seguirá funcionando con renovación parcial.
- Se mantendrá la duración del período de los mandatario en cuatro años, sin reelección y con el impedimento de volver a ejercer a aquellos que ya estuvieron en dos períodos no consecutivos. Con ello se evitarán casos como las reelecciones de Michelle Bachelet y Sebastián Piñera.
- Un grupo de personas habilitadas para sufragar, equivalente al 3% del último padrón electoral, podrá, dentro de los cuatro meses siguientes de haberse publicado una ley, presentar una iniciativa de derogación total o parcial de dicha normativa, para que sea votada mediante referendo.
- La pregunta sometida a plebiscito será controlada por la Corte Constitucional.
- Creación de foros de deliberación ciudadana consultivos, de selección aleatoria, debiendo garantizar una participación representativa de la población, diversa y pluralista.
- En cuanto al Poder Judicial, se definieron las funciones no jurisdiccionales bajo un tipo de “Consejo de la Magistratura”, que va a estar dividido en cuatro comisiones temáticas específicas, que van a estar coordinadas pero con autonomía entre ellas. Con esto, la gobernanza judicial no estará completamente en las manos del Pleno de la Corte Suprema.
- El fiscal nacional seguirá siendo elegido bajo el sistema actual, aunque se agrega un concurso público.
- Inconstitucionalidad de la violencia política. De acuerdo al texto, es “obligación fundamental del Estado y la comunidad política trabajar por la paz social”.
- La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias. Cada persona puede elegir el régimen de salud al cual adscribirse sea estatal o privado.
- Libertad de enseñanza. De acuerdo a la normativa, “se reconoce el derecho y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos o pupilos, atendiendo su interés superior. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho”.
- Rango constitucional a la gratuidad en la educación superior y técnica de forma progresiva.