Elección de consejeros constitucionales: ¿Es irrenunciable el feriado del 7 de mayo?
Se considera feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del comercio que desempeñan sus funciones en malls, strip centers u otros centros comerciales.
Faltan sólo un par de días para que se realicen las elecciones de los 50 consejeros constitucionales que formarán parte del Consejo Constitucional, órgano que entregará una propuesta de nueva Constitución, tras el rechazo en el Plebiscito de Salida al primer borrador presentado por la Convención Constitucional.
En esta ocasión, el voto es obligatorio, por lo que sólo se podrá justificar la ausencia a los locales de votación de acuerdo a razones de fuerza mayor.
Junto con lo anterior, es necesario agregar que el domingo 7 de mayo es feriado legal e irrenunciable.
¿Qué significa que sea feriado irrenunciable?
Los feriados irrenunciables son días en los que las y los trabajadores no deben ejercer sus labores. Además, el empleador no podrá exigirles que asistan a trabajar, ya que podría incurrir en sanciones económicas.
Sin embargo, aquellos que sí deban presentarse en su lugar de trabajo, deberán contar con dos horas de permiso para poder dirigirse a su local de votación.
La Dirección del Trabajo fiscalizará que se entregue el permiso laboral a los trabajadores para votar y a aquellos que sean designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral.
Los permisos correspondientes deben otorgarse sin descuentos en las remuneraciones.
¿A qué hora comienza el feriado irrenunciable del 7 de mayo?
El feriado correspondiente a la elección del Consejo Constitucional 2023 comenzará a las 21:00 horas del sábado 6 de mayo y terminará a las 06:00 horas del lunes 8 de mayo.
Las mesas de votación, en tanto, se encontrarán operativas entre las 8:00 y las 18:00 horas o hasta que termine de votar el último elector presente en el local, aunque esté en la fila esperando su turno.
¿A quiénes afecta que sea feriado irrenunciable el día de las elecciones?
La norma considera feriado obligatorio e irrenunciable durante la jornada electoral para los trabajadores del comercio que desempeñan sus funciones en malls, strip centers u otros centros comerciales administrados por una misma razón social o personalidad jurídica.
Quedan exceptuados de la norma quienes laboran en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros o farmacias de urgencia.
Las sanciones por cualquier incumplimiento serán de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por infracción (entre $189.222 y $3.784.440, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande).
Si tienes denuncias, serán recibidas desde el 6 de mayo en el sitio web de la Dirección del Trabajo y en el número 600 450 4000 de la Dirección del Trabajo, entre las 9:00 y las 15:00 horas del 7 de mayo.