Demandas laborales: por qué la Clínica Las Condes no podría recibir pacientes del sector público
El fallo al que hizo referencia de manera errática la ministra Aguilera pertenece al Tribunal Constitucional y no a la Contraloría, pero podría pasarse por alto ante la crisis por enfermedades respiratorias.
La crisis por la alta circulación de los virus respiratorios se ha transformado en un problema político para el Ministerio de Salud (Minsal) y La Moneda. Después de que la ministra Ximena Aguilera asegurara que la lactante fallecida en San Antonio no fue trasladada a la Clínica Las Condes (CLC) para intentar salvar su vida producto de una resolución de la Contraloría, el Gobierno admitió una “confusión involuntaria” en medio de serios cuestionamientos a la administración de la cartera.
La secretaria de Estado hizo referencia a una indicación del órgano contralor respecto a la imposibilidad de trasladar a Mía Olivares hacia este establecimiento privado de la Región Metropolitana e, incluso, afirmó que ni siquiera se realizó un atisbo de gestión.
En el Ministerio del Interior calificaron esta situación como un “error” después de que la Contraloría desmintiera la información, pues el fallo que intentó plantear públicamente la titular del Minsal se trataba de una decisión del Tribunal Constitucional (TC) que impediría contratar servicios desde el Estado, pero que podría ser obviado ante una emergencia sanitaria como la que atraviesa el país por estos días y apelando a la Ley de Urgencias en casos de riesgo vital.
“En lo que se refiere a la mención de Contraloría, fue simplemente un error de mención y no amerita más análisis. Fue un fallo del Tribunal Constitucional (TC) y la ministra cometió un error en la mención”, dijo Carolina Tohá sobre las palabras de Aguilera.
El fallo del TC contra la Clínica Las Condes
La ministra Tohá, quien pidió encontrar responsables para sancionarlos en medio de la crisis, hizo referencia a la sentencia que el Tribunal Constitucional (TC) aplicó contra la Clínica Las Condes (CLC) en noviembre del año pasado por la vulneración de derechos fundamentales de un grupo de trabajadores de este establecimiento de salud privado.
El dictamen dejó a la CLC imposibilitada de suscribir contratos con el Estado por un periodo de dos años después de la votación interna que fue dividida con cinco votos a favor y tres en contra.
En mayo de 2020, un sindicato de trabajadores de la clínica interpuso un recurso para proteger laboralmente a un grupo de funcionarios de la pandemia. 180 trabajadores entraron a un régimen de protección por la posibilidad alta de contagio por lo que embarazadas, mayores de 60 años y madres de menores de 10 años obtuvieron este beneficio.
En septiembre de ese año, sin embargo, fueron despedidos 70 de estos trabajadores, decisión que los motivó a presentar seis demandas. El TC determinó una orden para que la CLC pagara más de 350 millones de pesos y la envió al “Dicom Laboral” con esos dos años de imposibilidad de realizar contratos con el Estado.