Restricción vehicular del miércoles 9 de agosto: quiénes no pueden circular
La restricción vehicular se extiende durante toda la jornada, desde las 07:30 hasta las 21:00 horas.
A las 07:30 horas comienza a regir la restricción vehicular de este miércoles 9 de agosto, la que se extiende durante toda la jornada y hasta las 21:00 horas, como parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) del Ministerio de Medio Ambiente.
Para constatar el cumplimiento de la medida por parte de los conductores, Carabineros junto a funcionarios municipales y del Ministerio de Transportes se encargan de fiscalizar las calles, con la ayuda de las cámaras de seguridad vial.
¿Quiénes no pueden circular este miércoles 9 de agosto?
Según el calendario del Ministerio de Transportes, los vehículos y motos que no pueden circular este miércoles 9 de agosto por la restricción vehicular son aquellos cuyas patentes terminen en los siguientes dígitos:
- Vehículos catalíticos inscritos antes de septiembre del 2011: 6 y 7.
- Vehículos no catalíticos sin sello verde: 2, 3, 4 y 5.
- Motos inscritas entre el 2002 y septiembre del 2010: 6 y 7.
- Motos con año de fabricación previo al 2002: 2, 3, 4 y 5.
- Buses de transporte privado remunerado, interurbanos y rurales sin sello verde: 2, 3, 4 y 5.
- Transporte de carga y similares sin sello verde: 2, 3, 4 y 5.
Además, aquellos autos sin sello verde y motos con año de fabricación anterior al 2002, no pueden ingresar al anillo de Vespucio Norte.
¿Qué multa arriesgan conductores que no respetan la restricción vehicular?
Los conductores que no respeten la restricción vehicular, se arriesgan a multas que van desde 1 a 1,5 UTM, que equivale en dinero a $63.199 y que asciende hasta las $94 mil.