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Actualizado el 22 de Agosto de 2023

Restricción vehicular del martes 22 de agosto: los autos y motos que no pueden circular

Los conductores deberán respetar esta medida entre las 07:30 y las 21:00 horas.

Por Rodrigo León
La restricción vehicular rige hasta el próximo 31 de agosto. AGENCIA UNO/ARCHIVO.
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A las 07:30 horas comenzó a regir la restricción vehicular de este martes 22 de agosto, hasta las 21:00 horas, como es de costumbre.

Para percatarse de que los conductores respeten la medida que forma parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) del Ministerio de Medio Ambiente, Carabineros y funcionarios municipales, con la ayuda de cámaras de seguridad vial, fiscalizarán a los conductores.

¿Cuál es la restricción de este jueves?

El calendario del Ministerio de Transportes consigna que aquellas patentes terminadas en las siguientes cifras, no pueden circular este martes 22 de agosto por la restricción vehicular:

  • Vehículos catalíticos inscritos antes del 1 de septiembre de 2011: dígitos 4 y 5.
  • Vehículos no catalíticos, sin sello verde: dígitos 8, 9, 0 y 1.
  • Motos inscritas entre el 2002 y septiembre de 2010: dígitos 4 y 5.
  • Motos con año de fabricación anterior a 2002: dígitos 8, 9, 0 y 1.
  • Buses de pasajeros sin sello verde: dígitos 8, 9, 0 y 1.
  • Transporte de carga sin sello verde: dígitos 8, 9, 0 y 1.

A ellos se suman autos sin sello verde y motos con año de fabricación anterior a 2002, los que no pueden ingresar al anillo de Américo Vespucio.

¿Cuál es la multa por no respetar la restricción?

Los conductores que no respeten la restricción vehicular, se arriesgan a multas que van de 1 a 1,5 UTM, es decir, montos que van desde $63.199 y hasta $94.798.

¿Hasta cuándo rige la restricción?

La restricción vehicular estará vigente hasta el próximo 31 de agosto.

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