En qué consiste la nueva ley que regula los cigarrillos electrónicos o vapeadores
La legislación los equipara a los cigarros tradicionales e incorpora normas respecto de su publicidad, venta y consumo.
El Senado despachó a ley el proyecto que regula los cigarrillos electrónicos o vapeadores, y los equipara a los cigarros tradicionales, tras incorporarlos a la legislación que regula el consumo, venta y publicidad del tabaco.
Con 28 votos a favor, los legisladores respaldaron la recomendación de la Comisión de Salud y, así, el texto quedó en condiciones de ser promulgado como ley.
De acuerdo a lo precisado, la iniciativa reemplaza el concepto de cigarrillos electrónicos y lo homologa al utilizado por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Esta última considera productos de tabaco recalentado a los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN) y los Sistemas Electrónicos sin Nicotina (SESN), lo que incluye sus líquidos de vapeo, accesorios, partes e insumos.
Venta y consumo de cigarrillos electrónicos
Apenas sea puesta en marcha, la nueva ley introducirá cambios en temas como la venta y consumo de estos elementos, entre otros.
Así, por ejemplo, prohibirá la venta, distribución o entrega gratuita de productos de tabaco o sus accesorios a menores de 18 años. La medida se aplica también a los SEAN y SESN, sus accesorios y líquidos de vapeo.
Asimismo, no se permitirá la instalación y el uso de máquinas expendedoras de este tipo de productos y sus accesorios.
De igual manera, se limitará la publicidad directa e indirecta de los cigarrillos electrónicos o vapeadores, con nicotina y sin nicotina, así como de sus accesorios.
Según se detalló, será el Ministerio de Salud el que establecerá las restricciones, respecto a lugares y horarios para publicidad en medios de comunicación.
Advertencias que deberán incluir los vapeadores
Además, los envases de los dispositivos, sus accesorios y líquidos de vapeo, deberán contener una advertencia sobre la potencial adicción que ocasionan, e indicar que se trata de un producto de venta exclusiva para mayores de 18 años.
Por otro lado, se impide su venta en establecimientos de salud, sean públicos o privados, junto con ofrecer cualquier compensación, por la compra de productos de tabaco, SEAN y SESN y/o sus accesorios.
En cuanto al consumo de estos productos, la ley prohíbe fumar o inhalar en lugares públicos, salvo en patios o espacios al aire libre.
Lo anterior, a excepción de los Sistemas Electrónicos sin Nicotina terapéuticos, en la medida de que sean utilizados ante una necesidad imperativa, siempre y cuando el usuario porte la receta médica para su uso.