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Actualizado el 2 de Mayo de 2024

Identidad de Género en la sala de clases: el arduo proceso de transición de niños, niñas y adolescentes

En los últimos años se han registrado más de 500 solicitudes de cambio de nombre social y sexo registral en menores de edad. En este contexto, fuentes consultadas por EL DÍNAMO explicaron el proceso y los desafíos que tiene la comunidad escolar en el período de transición de los y las estudiantes.

Por Francisco Rosales
ley de identidad de género colegios transexual estudiantes trans Las personas menores de edad deben solicitar a un tribunal su rectificación de nombre y sexo registral. MINEDUC.
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Desde la implementación de la Ley de Identidad de Género, la cual se encuentra vigente desde 2019, niños, niñas y adolescentes han cambiado su nombre social y sexo registral en etapa escolar en los últimos años.

Según datos entregados por el Registro Civil a EL DÍNAMO, los tribunales han ordenado el cambio de sexo registral de 586 personas menores de edad, de 14 a 18 años, entre el 1 de abril de 2021 y el 1 de abril de 2024.

Lo anterior, considerando que los menores de edad deben solicitar judicialmente ante el Tribunal de Familia la rectificación del sexo y nombre con que aparezcan en sus documentos de identidad.

El cambio de sexo, ya sea de hombre a mujer (HaM) o de mujer a hombre (MaH), involucra varios aspectos personales, sociales, adecuación corporal, legal, entre otros puntos.

Pese a que cada persona vive este proceso de distintas formas, existe un protocolo para regular el tránsito de sexo, el cual fue desarrollado por el Ministerio de Salud y el Movilh.

La transición de personas con incongruencia entre sexo físico e identidad de género

Dicho sistema contempla principalmente la intervención de salud mental y la adecuación corporal hormonal.

Actualmente, el Estado exige la intervención de salud mental para continuar con el proceso. Aquí, sicólogos y/o siquiatras tienen el objetivo de orientar a la persona en la transición para finalmente entregar un certificado.

En el proceso de la adecuación corporal hormonal, se prescriben las dosis de fármacos para reducir las características sexuales secundarias para reemplazarlas por las que se identifica.

Con respecto a este punto, en Europa se ha generado una gran polémica. A raíz de la realización del Informe Cass, liderado por la pediatra Hilary Cass, el cual cuestiona la evidencia científica que respalda su eficacia y se plantean preocupaciones sobre posibles riesgos para la salud a largo plazo, el Servicio Nacional de Salud (NHS) de Reino Unido ha optado por restringir el acceso a los bloqueadores de pubertad para adolescentes.

Ante esta situación, grupos defensores de los derechos de las personas transgénero, se han mostrado contrarios a esta medida, acusando que vulnera los derechos de los jóvenes y dificulta su proceso de transición. Lo anterior, considerando que a partir de los 12 años se puede acceder a dichos tratamientos en dicho país.

Sin embargo, en Chile, para iniciar la adecuación hormonal, el sistema público exige que las personas sean mayores de 18 años y cuenten con un período de intervención en salud mental previo de mínimo tres meses. Con todo, excepcionalmente el proceso podría iniciar a los 16 años, lo cual solo puede autorizarlo un médico.

Las implicaciones emocionales y sicológicas del proceso de transición de género en un entorno escolar

Antes de modificar su cuerpo o identidad legal, de acuerdo a la identidad de género de cada una de las personas, existe un proceso previo, que tiene que ver con un cambio interno, el cual puede estar relacionado por el tipo de apoyo o discriminación dentro de la familia o entorno social.

“La transición puede incluir distintas áreas, sicológica (reconocimiento de su identidad y expresión de género), social (solicitar que les llamen por un nombre social y que se utilicen ciertos pronombres), legal (cambio legal de nombre), médica (uso de intervenciones médicas afirmativas como tratamiento hormonal, entre otras). Es importante recordar que no existe una forma única de transitar, sino que depende de cada persona”, explicó a EL DÍNAMO, Isidora Paiva, sicóloga experta en género y docente de la Escuela de Psicología UAI.

A lo que agregó: “En este escenario, cuando una persona decide comunicar su nombre y pronombres a la comunidad, puede existir ansiedad o incluso miedo, por como las otras personas puedan reaccionar, por lo que es muy importante acompañar ese proceso, incluso si es algo que no comprenden del todo”.

En esa línea, las familias de las personas trans, también transitan en este proceso, puesto que deben acompañar a sus hijos e hijas, situación por la cual también es vital prestar apoyo al círculo del menor de edad. “Acompañar un proceso de tránsito tiende a mejorar el bienestar psicológico del/la estudiante, su familia y el curso, al abrir temas como que está bien ser quién se es”, aseguró Paiva.

Ser adolescente trans en la sala de clases

Fabi Vidal y Nicolás Porflit, ambos de 17 años, son dos de los diversos estudiantes que se encuentran en el proceso de transición de género durante su etapa escolar.

“Desde siempre supe que yo no era del género femenino, pero no sabía cómo expresarlo en ese momento. Cuando lo supe expresar, lo hablé entre los 13,14 años”, expuso Nicolás a EL DÍNAMO.

“Me siento yo y cómodo, mi familia ha apoyado en todo, pero obviamente hay amistades que se van y otras te apoyan”, dijo acerca de su proceso.

Con respecto a su experiencia en medio de su etapa escolar, el estudiante de cuarto medio sostuvo: “Hasta hora todo bien, me respetan. Menos en segundo medio, ahí yo tenía que estar diciéndole a los profesores que dijeran mi nombre social, porque siempre que pasaban lista decían el otro. Eso obviamente a la mayoría de personas trans les causa incomodidad”.

Algo similar relató Fabi Vidal, quien sostuvo que tiene “profesores que me dicen Fabián, en vez de Fabi y en la lista sale Fabi Vidal”.

Sobre su experiencia en el ámbito educacional, Fabi manifestó que “en la etapa escolar igual fue difícil, porque me sentí incómoda con el resto. Yo los ignoraba y los profesores no decían nada, dejaban que me molestaran y solo una profesora me defendía de mis compañeros, me apoyaba y me aconsejaba en todo lo que yo hacía”.

“Ella me dio la confianza de ser yo, porque ella me dijo: encajar en la sociedad o ser feliz, y yo decidí ser feliz”, agregó.

Con respecto a la convivencia con sus compañeros, la adolescente sostuvo que no es la mejor, puesto que “hablan cosas feas de mí o dicen como entra él al baño de mujeres si es hombre”.

En este sentido, la sicóloga experta en género de la UAI aseguró que los principales desafíos que tienen que enfrentar los niños, niñas y adolescentes trans tienen relación con lo social. “Depende de mucho del entorno, la respuesta que habrá respecto a la identidad. Entornos que son más discriminatorios tienden a causar mayor malestar psicológico versus entornos que afirman la identidad y que permiten la expresión de la identidad”, detalló.

Por su parte, Nicolás Porfit comentó que no tuvo grandes conflictos con sus compañeros, sino que lo tuvo con una docente. “Sufrí discriminación en segundo medio con una profe de religión que me trató como género femenino”, dijo, lo que gatilló en que la educadora fuera desvinculada del establecimiento.

A raíz de estas situaciones, Isidora Paiva sostuvo que “es esencial que las escuelas cuenten con un protocolo de acción contra el bullying y que este sea actualizado periódicamente”. Además, declaró que “es importante desde la niñez, incluir una educación no sexista y que promueva el reconocimiento de la diversidad que todas las personas tenemos”.

Inclusión, apoyo y prevención de discriminación: el rol de la Superintendencia y los recintos educacionales

La diversidad de género puede generar dudas y confusión dentro de un establecimiento educacional, ya sea por parte de estudiantes, como de profesores. Por esta razón, la Superintendencia de Educación ha difundido circulares para garantizar la igualdad de trato y evitar cualquier tipo de discriminación.

Para garantizar la protección de derechos del alumnado, específicamente de estudiantes trans, se requiere un trabajo integral que involucre a toda la comunidad.

Siguiendo en esa línea, Isidora Paiva aseguró: “Es importante que todas las personas de la comunidad educativa se encuentren concientizadas sobre temas de diversidad, en este caso, principalmente sobre identidades trans. Para eso, las escuelas pueden realizar capacitaciones o talleres que den a conocer a todas las personas de dicha comunidad”.

Bajo este contexto, la Superintendencia de Educación ha emitido la Circular N° 707 con el objetivo de impartir instrucciones a los sostenedores de los establecimientos educacionales que contribuyan a que las comunidades educativas adopten medidas concretas para asegurar la igualdad de trato y evitar todo tipo de discriminación en los jardines, escuelas y colegios.

En particular, la Circular N°812, también de la Supereduc, clarifica las medidas administrativas, sociales y educativas que debe adoptar un establecimiento para resguardar los derechos de niños, niñas y estudiantes trans, y en especial, para erradicar cualquier tipo de discriminación arbitraria que pudiere afectar su aprendizaje, participación y bienestar.  

En detalle, la mencionada circular permite el reconocimiento de su sexo y nombre social, incluso sin la autorización de sus apoderados para mayores de 14 años. Para ello, el niño o la niña puede solicitar al recinto educacional una entrevista para requerir el reconocimiento de su identidad de género, medidas de apoyo para él o ella y su familia, y otras adecuaciones pertinentes.

¿A qué sanciones están expuestos los colegios en caso de incumplir con la normativa?

Con respecto a la detección de una eventual infracción a la normativa educacional, desde la Superintendencia de Educación expusieron a EL DÍNAMO que el organismo “deberá iniciar un proceso administrativo sancionatorio, el cual puede resultar con sanciones que van desde la amonestación a multas de hasta 1.000 UTM, según la naturaleza y gravedad de la infracción”.

De este modo, en caso de que se aplique una amonestación por escrito, se debe señalar el origen de la infracción administrativa y el plazo dentro del cual deberá ser rectificada.

En caso de que al recinto educacional se le ordene pagar una multa, esta se aplicará de acuerdo a los rangos que determina la siguiente tabla.

MínimoMáximo
Infracciones Leves1 UTM – 50 UTM
Infracciones menos graves51 UTM – 500 UTM
Infracciones graves501 UTM – 1000 UTM

“En caso de incumplimiento de la normativa por parte del establecimiento, se reciben y fiscalizan denuncias asociadas a la discriminación por género, por identidad de género y por orientación sexual, entre otras categorías. Al recibir dichas denuncias, se constata que el actuar de los establecimientos ante solicitudes de reconocimiento de identidad de género se ajuste a lo que indica la normativa educacional, en específico, la Circular Nº812”, sostuvieron desde la Supereduc. 

De esta forma, el organismo podrá solicitar antecedentes a la escuela o solicitar al denunciante complementar información, realizar recomendaciones, hacer una vista al establecimiento para fiscalizar e incluso iniciar un proceso administrativo sancionatorio al establecimiento si se cumple con los requisitos para ello.

Además, si se incumplen las regulaciones de la mencionada circular por parte de un colegio, un estudiante trans y/o su familia pueden acudir a la Superintendencia, la cual cuenta con diversos métodos de apoyo:

  • Mediante Sistema Integral de Atención Ciudadana se entregan orientaciones vía telefónica y web respecto a la normativa educacional a toda persona integrante de la comunidad educativa requiera, en temas como los mínimos que debe considerar el Reglamento Interno del establecimiento, los protocolos ante vulneraciones de derechos y/o discriminación y derivaciones a las instituciones que corresponda (Servicios Locales de la Niñez, Programa de Prevención Focalizada, OPD, Tribunales de Familia, entre otros), entre otros.
  • En ocasión de un desacuerdo con el establecimiento, se brinda la posibilidad de gestionar un proceso de mediación para la gestión colaborativa del conflicto entre las partes. Dicho servicio se realiza con un profesional de la Superintendencia, quien mediará entre las partes para llegar a un acuerdo que vele por el bienestar superior del niño o niña.
  • Ante una situación que pudiera constituir vulneración de derechos y/o de normativa educacional, siempre existe la posibilidad de realizar su denuncia ante la Superintendencia de Educación, ingresando en la página Web https://atencionsie.supereduc.cl,  o de manera presencial en las oficinas Regionales de la Superintendencia, según corresponda.
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