Secciones El Dínamo

cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad
6 de Diciembre de 2011

Penalistas ven poco futuro a querella del Sernam y twittero amenaza con demanda

Abogados penalistas señalan que la denuncia por amenazas e incitación al odio presentada por la Ministra Schmidt contra el sujeto que se burla de las mujeres con sobrepeso en internet no prosperará.

Por Edison Bernal
Compartir

La denuncia por amenazas e incitación al odio interpuesta esta mañana por la ministra del Sernam, Carolina Schmidt, en contra de Sebastián Ignacio Álvarez Bernales (@ssiiaabb), un twittero que se burla de mujeres gordas en la web, tuvo repercusiones.

El propio Álvarez publicó en su cuenta Twitter que está conversando con su abogado para querellarse. “La ministra habló mal de mí en los medios, al igual que la mujer que comenzó con todo esto. Sería interesante querellarme yo contra ellas”, reza una de las publicaciones del denunciado.

En tanto, para los especialistas en temas penales, la denuncia del Sernam no prosperará. El destacado abogado Juan Pablo Hermosilla -representante entre otros de los querellentes en el caso Karadima y de la familia Frei por la muerte del ex Presidente- tiene la impresión que no se puede perseguir penalmente a Álvarez. “No está fomentando acciones de represalia física o de algún tipo sobre persona determinada. Las conductas de él no son delito, pero sí me parecen criticables”, agregando que la acción legal se contrapone con la libertad de expresión.

Por su parte, el abogado Juan Domingo Acosta -uno de los juristas a los que acude regularmente La Moneda- considera que con estos antecedentes “no se desprende que haya una amenaza”. Aclara que si las fotos fueron tomadas en lugares públicos no hay delito y si los mensajes no conllevan una amenaza seria y verosimil, que cause un mal a la persona, tampoco es una amenaza.

Acosta precisa que la denuncia no caería en lo establecido en el artículo 31 de la ley de prensa (19.733), el cual detalla que “el que por cualquier medio de comunicación social, realizare publicaciones o transmisiones destinadas a promover odio u hostilidad respecto de personas o colectividades en razón de su raza, sexo, religión o nacionalidad, será penado con multa de veinticinco a cien unidades tributarias mensuales”.

Hermosilla agrega que el denunciado “puede ser citado a declarar, investigado, pero formularle cargos formales creo que es más dificil. En todo caso, la denuncia cumple el objetivo de instalar el tema por parte de la autoridad”.

Léenos en Google News

Temas relevantes

#Sernam

Notas relacionadas

Deja tu comentario

Lo más reciente

Más noticias de País