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14 de Diciembre de 2011

Diputados presentan proyecto de ley para facilitar indemnizar a consumidores en casos de colusión

El diputado Fuad Chahín afirmó que "cuando hay atentados a la libre competencia la sanción es una multa a beneficio fiscal, sin embargo, los grandes perjudicados habitualmente son los consumidores".

Por UPI
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Diputados de la Democracia Cristiana (DC) con el respaldo de distintas bancadas políticas, presentaron un proyecto de ley para facilitar la indemnización de los consumidores en el caso de atentados a la libre competencia como el denunciado en el caso de las empresas avícolas.

El diputado Fuad Chahín manifestó que la moción parlamentaria “busca llenar un vacío legal, porque cuando hay atentados a la libre competencia la sanción es una multa a beneficio fiscal, sin embargo, los grandes perjudicados habitualmente son los consumidores que en el caso de la colusión de las avícolas estuvieron pagando por años un precio superior al que corresponde por la carne de pollo, y la legislación no contempla hoy una forma expedita para su indemnización“.

El legislador agregó que el proyecto permite invocar los fallos del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para demandar individual o colectivamente la indemnización por perjuicio de los consumidores y en los casos que la determinación del perjuicio sea compleja se le faculta al juez para fijar prudencialmente el monto de la indemnización.

“Nosotros queremos resguardar a la parte más débil que es el consumidor cuando las empresas se ponen de acuerdo para infringir la libre competencia, aquí tenemos muchos mercados extremadamente concentrados, muchas áreas de riesgo y es fundamental que nosotros sigamos protegiendo a los clientes, a los consumidores con estas prácticas que son absolutamente ilegales y abusivas”, dijo Chahín.

El parlamentario agregó que como todas las demandas colectivas, en este caso la acción se puede presentar por cincuenta o más consumidores afectados en un mismo derecho, por una agrupación de consumidores constituida con más de seis meses de antigüedad, por el Sernac en el caso de las demandas colectivas o también los consumidores individualmente con sus boletas acreditando la relación de consumo.

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