Prohiben a Carabineros lanzar bombas lacrimógenas en las comunidades indígenas
Una orden judicial instruye a la policía uniformada abstenerse de "hacer uso indiscriminado e irracional de la fuerza, aunque hayan cortes de ruta o cualquier cosa que se le parezca", señaló el abogado Nelson Miranda.
Una orden emanada de la Corte de Apelaciones de Temuco, Carabineros de Chile no podrá utilizar gases lacrimógenos al interior de comunidades indígenas.
El tribunal se pronunció al respecto en el marco de un recurso de amparo presentado en favor de los integrantes de la comunidad Wente Winkul Mapu, del sector Chequenco, al norte de la capital de La Araucanía.
Según informa Radio Biobío, la acción judicial se interpuso luego de que los comuneros denunciaran graves efectos en su salud, principalmente en mujeres y niños, incluso lactantes, tras un procedimiento de Carabineros realizado a principios de noviembre, en el que existió un abundante uso de bombas lacrimógenas.
El abogado patrocinante de la acción, Nelson Miranda, destacó la relevancia de este orden de la Justicia a la fuerza policial, especificando que “con pretexto de cualquier orden que sea, aunque sea del ministerio publico, (Carabineros) no puede hacer uso indiscriminado e irracional de la fuerza, aunque hayan cortes de ruta o cualquier cosa que se le parezca, no pueden a pretexto de eso atacar a las comunidades”.
El fallo establece que Carabineros debe abstenerse de ejecutar actos de violencia contra mujeres y niños, así como de arrojar bombas lacrimógenas hacia los patios de las viviendas particulares de la comunidad indígena aludida.
Este recurso se presentó tras el reconocimiento por parte del Gobernador de Malleco, José Flores, de que la llamada “zona de conflicto” se encontraba militarizada.