Instituciones que no utilicen Registro de Pedófilos deberán indemnizar a eventuales víctimas de abuso
El ministro de Justicia, Teodoro Ribera, dijo que el Registro Civil deberá otorgar "un certificado" luego de cada consulta realizada. El registro funcionará como una suerte de semáforo, rojo si la persona está con inhabilidad permanente, amarillo si la inhabilidad es temporal, dependiendo del tipo de abuso cometido, y verde si no tiene inhabilidad.
Los establecimientos educacionales e instituciones que trabajen con menores deberán indemnizar a eventuales víctimas de abuso sexual si alguno de sus funcionarios cometió este delito y fue contratado sin consultar el recién creado Registro Nacional de Pedófilos, así lo explicó el senador Patricio Walker (DC), quien subrayó que la nueva normativa establece la obligatoriedad a “toda institución pública o privada” a realizar la consulta ante el Registro Civil.
Serán ellos los encargados de informar si la persona que se pretende contratar se encuentra afecta a inhabilidad temporal (si fue condenado por abuso de un menor entre 14 y 18 años) o permanente (si la víctima es menor de 14 años), indica el proyecto.
“Si no lo hacen, y se verifica un abuso, los planteles tendrán que pagar indemnizaciones a la víctima por perjuicios”, dijo Walker, según consigna La Segunda.
A su turno, el titular de Justicia, Teodoro Ribera, explicó este viernes que el Registro Civil ya cuenta con un registro especial sobre las inhabilidades temporales (hasta ahora no existían las permanentes) en casos de abuso sexual a menores en el Registro de Condenas.
No obstante, Ribera detalló que según las cifras disponibles, sólo en el 60% de los casos los jueces aplican inhabilidad temporal a los victimarios. En esta línea, la autoridad precisó que el Registro Civil deberá establecer un reglamento antes que comience su implementación, pero detalló que cuando reciba una consulta, otorgará un certificado de si está o no en el registro.
En la práctica se tratará de una suerte de semáforo: rojo si está con inhabilidad permanente, amarillo si la inhabilidad es temporal y verde si no tiene inhabilidad. No se entregarán fotografías, dirección ni detalles de la condena. La idea, dijo el ministro de Justicia, “es incrementar el nivel de información para impedir que personas que hayan cometido delitos sexuales puedan trabajar en las cercanías de los niños y así se disminuye el riesgo de un nuevo ataque”.
La experiencia internacional
A nivel internacional existe una dilatada experiencia de trabajo con registros de este tipo.
En Estados Unidos los pedófilos deben entregar sus nombres, alias, direcciones de Internet, fotografías, teléfonos, residencia, nombre y dirección del empleador (si es que están trabajando) entre otros datos a sitios web de registro público. Tras salir de prisión o en libertad condicional y vigilada, el pedófilo tiene 10 días para registrarse con el FBI y las autoridades correspondientes del Estado. Incluso hay servicios online con “mapas de abusadores sexuales”.
En Inglaterra en tanto, existe el VISOR (Registro de Delincuentes Violentos y Sexuales), que a diferencia del norteamericano, no está abierto al público. Su acceso es sólo para la policía y tiene inscritas 29 mil personas. Los convictos deben registrarse dentro de los 3 días siguientes a su liberación y si no lo hacen, arriesgan una pena de cárcel.
En Canadá existe el Registro Nacional de Delincuentes Sexuales (National Sex Offender Registry o NSOR) que rige desde diciembre de 2004, cuando se aprobó la ley que la crea, pero la información que contiene no es de difusión pública.
Puerto Rico en cambio permite que cualquiera que tenga acceso a internet puede identificar a los más de 2 mil hombres y 40 mujeres que están en el “Registro de Ofensores y Abuso a Menores” que desde 2004 funciona en ese país. Deben permanecer en el registro 10 años desde que termina de cumplir su condena en prisión. Y si se cambia de domicilio, debe notificarlo 10 días antes para que sean visitados, les tomen una nueva fotografía y la huella del dedo pulgar.