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15 de Enero de 2013

6 claves para entender la discusión de la Ley de isapres

La gran mayoría de los artículos como el IPC de la salud y que requerían quórum calificado fueron rechazados por lo que deberán definirse en la Cámara Alta. El ministro de salud, lamentó la "poda" que sufrió la iniciativa ya que "se ha votado en contra los dos elementos centrales de la ley".

Por Redacción
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Tras la aprobación en general en la Cámara de Diputados, por 51 a favor y 44 en contra y 6 abstenciones del proyecto de Ley que busca modificar la Ley de isapresdada poco después del medio día del este martes, la iniciativa ha quedado lejos de definirse.

Además de que la normativa recién se encuentra en primer trámite,  pese a que ingresó al Parlamento en diciembre de 2011, la gran mayoría de los artículos que requerían quórum calificado fueron rechazados por lo que deberán definirse en su discusión en la Cámara Alta, instancia en la que podrían ser repuestos. Entre los puntos rechazados se cuenta el  IPC de la salud y el artículo que definía el Plan Garantizado de Salud, que recibió 53 votos a favor, 45 en contra y 5 abstenciones, por lo que no logró el quórum mínimo de 61 sufragios.

Es así como tras la votación, el ministro de Salud, Jaime Mañalich, indicó que la iniciativa experimentó “una poda muy significativa”,  debido a que “se ha votado en contra los dos elementos centrales de la ley”.

“Es un mal resultado, es esperable pero es un mal resultado porque no ha respetado un acuerdo político elaborado con mucho esfuerzo y que solamente recordó el diputado Marco Antonio Núñez (PPD) y porque en definitiva, el corazón de este proyecto que es la creación de un Plan Garantizado donde no existan pre existencias, donde los copagos sean conocidos, donde se de garantías financieras para todos los beneficiarios del sistema isapres no ha sido valorado en su justa medida por la oposición”, agregó según consigna Emol.

Esta  dilación  en la aprobación  a juicio de Mañalich, “dejará en la indefensión más completa a los beneficiarios del sistema Isapres ante hechos importantes que van a ocurrir en los próximos meses. Esto porque el 31 de marzo las Isapres anunciarán el reajuste del precio base del plan complementario y a mitad de año las isapres podrían reajustar de nuevo, como lo hacen cada tres años, el precio de la prima Auge”.

“Los diputados de la Concertación le han hecho un gran favor al sistema de Isapres en el día de hoy”, puntualizó el secreatrio de Estado.

1.- Menos Atribuciones

Entre los puntos que marcarán las nueva etapa de debate se incluye el que modifica las atribuciones de la Superintendencia de salud restringiendo el alcance de supervigilar sólo el plan garantizado y subsidios por incapacidad en los respectivos contratos de salud.

2.-Cotizante Cautivo y otros

El artículo referido a los “cotizante cautivo”, cuya voluntad se ve seriamente afectada, por razones de edad, sexo o por la ocurrencia de antecedentes de salud, junto a las preexistencias como obstáculo para acceder a la protección del derecho a la salud, los planes complementarios y el límite a las utilidades producto de los excedentes no utilizados en el otorgamiento de las prestaciones de salud.

3.- IPC de Salud

Otro punto que marcará la discusión será el ligado a la definición del IPC de salud. El índice referencial de precios, que podría estar a cargo del INE, definiría los costos y  se configuraría a partir de una canasta de las prestaciones de salud más utilizadas por las personas y su frecuencia de uso.

4.- Lo que pide la oposición

En este sentido cabe apuntar que, los diputado de oposición despacharon este lunes un memo al ministro de salud en el que detallan los cambios que los llevarían a aprobar la iniciativa y que se ligan con la aplicación de un IPC de la Salud vinculante, el Plan Garantizado de la Salud sin diferencia de precios, una regulación a las utilidades de las Isapres y planes complementarios sin pre-existencias.

5.- La indicación del Gobierno

El gobierno ya envió una indicación con el objetivo de conseguir que los menores de 25 años tengan una rebaja del 50%, sean cargas o cotizantes, de manera que sólo coticen una 50% del Plan Garantizado de Salud.

6.- Fallo de la Suprema

Hay que recordar que esta discusión viene precedida de los fallos de la Corte Suprema de Corte Suprema, en los que se determinó que las instituciones de salud previsional no pueden realizar aumentos anuales injustificados de las prestaciones médicas pactadas.

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