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16 de Mayo de 2013

Justicia rechazó el sobreseimiento de Patricio Rosende y Carmen Fernández en caso tsunami

Ponciano Sallés entregó su dictamen frente al requerimiento de cuatro de los imputados del caso tsunami, rechazando las solicitudes de todos ellos.

Por Redacción
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Ponciano Sallés, magistrado del Séptimo Tribunal de Garantía de Santiago, rechazó sobreseer en forma definitiva al ex subsecretario de Interior, Patricio Rosende; a la ex directora de la Onemi, Carmen Fernández; al ex jefe de Protección Civil y del Centro de Alerta Temprana de Onemi Johaziel Jamett y al ex jefe de Oceanografía del SHOA Andrés Enríquez, todo esto en el marco de la solicitud hecha por los cuatro de los imputados en el caso tsunami.

Sallés dio cuenta que “no he encontrado ninguna conducta desplegada por el señor Rosende y la señora Fernández para evitar los resultados de lo ocurrido el 27 de febrero de 2010. Ninguna de sus decisiones contribuyeron. El tribunal estima que no se hizo todo lo posible por evitar los resultados catastróficos”, afirmó el juez Sallés.

Cualquier persona en un análisis razonable hubiera estimado que el riesgo era mayor al no evacuar que al evacuar. Los mandos técnicos proponen, los mandos políticos disponen”, consignó.

“Con todo este cúmulo de antecedentes que tenían no se ha comprobado que ninguna de las conductas adoptadas hayan tenido por objetivo salvar vidas. Se omitió información a la población, las olas a algunas zonas llegaron con mucha posterioridad. Se ocultó información”, sentenció.

El magistrado argumentó su medida en el caso de Jamett indicando que “el responsable es el jefe de turno pero siempre bajo la supervisión del jefe del Centro Alerta Temprana. Y lo exigible es que este funcionario vigilara permanentemente y si eso hubiera implicado que estuviera todo el día al lado del fax, así debió hacerlo“.

Junto con esto, explicó que los datos técnicos entregados a Carmen Fernández y Patricio Rosende tuvieron un carácter “erróneo”, lo que hizo que éstos entregaran información equivocada a la ciudadanía, por lo que no hay antecedentes que den cuenta de una convicción de su inocencia.

En cuanto al rechazo a la solicitud del ex jefe de Oceanografía del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada de Chile (SHOA), Andrés Enríquez,  Sallés resolvió que “no es relevante si debía o no concurrir a las dependencias del SHOA. Sí adoptó una posición de autoridad que no está fijada en la ley, pero sí en los hechos”.

“No puede dejar de considerarse la calidad de oficial que tenía el señor Enríquez: es un capitán y tiene un grado jerárquico superior que la mayoría de quienes estaban en ese momento en la oficina del SHOA”, agregó.

Tres días de alegatos

La medida de sobreseimiento definitivo fue requerida por los abogados del ex subsecretario del Interior Patricio Rosende, la ex directora de la Onemi Carmen Fernández, el ex jefe de Protección Civil y del Centro de Alerta Temprana de Onemi Johaziel Jamett y el ex jefe de Oceanografía del SHOA Andrés Henríquez.

Sallés apuntó que la aceptación de un sobreseimiento definitivo puede apuntan sólo a dos razones:  “la inexistencia del delito” o “la inocencia de los imputados”.

El juez dejó en claro en el tribunal que en esta solicitud “no existe aprovechamiento, en términos coloquiales no es patudez de los defensores, sino que se recurrió a la legalidad que faculta a la defensa a solicitar un pronunciamiento de parte del tribunal”.

Esta petición se extendió tras 3 días de alegato, en donde las defensas de Rosende y Fernández deslindaron responsabilidades en la alerta fallida de tsunami del 27 de febrero del 2010 al SHOA.

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