Corte Interamericana de DDHH inicia juicio contra Chile por condena a mapuches por terrorismo
La medida fue solicitada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual acusa al Estado de "tomar en consideración su origen étnico de manera injustificada y discriminatoria" para condenar a ocho personas por terrorismo.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), con sede en Costa Rica, realizará este miércoles la audiencia pública por el caso conocido como Norín Catrimán y otros contra Chile, el cual se relaciona a la presunta discriminación a un grupo de indígenas mapuches a los que se les condenó por terrorismo.
El juicio de dos días comenzará mañana y en este los jueces escucharán la declaración de dos presuntas víctimas, de dos testigos, tres peritos, y al cerrar la audiencia los alegatos finales de las partes.
Este caso se refiere al procesamiento y condena por delitos terroristas de siete dirigentes y miembros del pueblo mapuche, así como de una activista y simpatizante de esa comunidad.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) identifica a las víctimas como Segundo Aniceto Norín Catrimán, Pascual Huentequeo Pichún Paillalao, Florencio Jaime Marileo Saravia, José Huenchunao Mariñán, Juan Patricio Marileo Saravia, Juan Ciriaco Millacheo Lican, Patricia Roxana Troncoso Robles y Víctor Manuel Ancalaf Llaupe.
La demanda interpuesta por la CIDH a la CorteIDH indica que estas personas fueron procesadas y condenas por delitos terroristas “en aplicación de una normativa penal contraria al principio de legalidad” y que “toma en consideración su origen étnico de manera injustificada y discriminatoria”.
Según la CIDH, estas condenas se basaron en una representación de un contexto denominado como el “conflicto Mapuche”, sin que las autoridades judiciales chilenas hicieran distinciones entre las “reivindicaciones legítimas” del pueblo indígena a través de la protesta social y “los actos de violencia que se han presentado por parte de grupos minoritarios en dicho contexto”.
Norín Catrimán y Pichún Paillalao fueron condenados en 2003 a cinco años de cárcel cada uno por el delito de amenaza terrorista, a raíz de una serie de atentados incendiarios e incendios registrados en diciembre de 2001 contra propiedades de empresas forestales y agrícolas en el sur de Chile.
Según la CIDH, las condenas a los indígenas mapuches “afectaron la estructura social y la integridad cultural del pueblo en su conjunto”.