Dirección del Trabajo instó a empresas a permitir que sus empleados voten en primarias
La autoridad indicó que los trabajadores que laboren este día domingo tendrán 2 horas para votar en las primarias. Por su parte, el permiso se extiende durante la jornada para quienes sean vocales de mesa o miembros de los colegios escrutadores, entre otros.
La directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, y el subsecretario Fernando Arab instaron a los empleadores a permitir el derecho de sufragio de los trabajadores que deban laborar este domingo 30 de junio, fecha de realización de las elecciones primarias.
Sánchez explicó que las personas que deban trabajar este domingo y deseen votar contarán con dos horas para hacerlo. A la vez, quienes sean vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral, dispondrán del permiso durante toda la jornada eleccionaria.
La autoridad recalcó que en ninguno de estos casos se podrán realizar descuentos de remuneraciones.
“Hago un llamado a los empleadores a que lleguen a acuerdos con los sindicatos, con los trabajadores para que, en armonía, vayan fijando la hora en que pueden ir a votar los trabajadores“, dijo la directora del Trabajo.
Sobre los trabajadores del comercio que gozarán de feriado obligatorio e irrenunciable el 30 de junio, la autoridad recalcó que “sólo tienen derecho al feriado aquellos trabajadores que laboran en centros comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica. A ellos nadie puede exigirles trabajo alguno ese día domingo porque es de descanso obligatorio”.
Además, la autoridad dio a conocer las multas que enfrentarán las empresas en caso de no permitir que sus trabajadores puedan participar de las primarias:
- Por no conceder el permiso de dos horas para ir a votar: 8, 15 y 20 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.
- Por no conceder permiso a los trabajadores y trabajadoras designados vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral para que cumplan con esa función: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.
- Por aplicar descuentos a las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras designados para cumplir las citadas funciones cívicas: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.
- Por abrir locales que funcionan en un centro comercial bajo una misma razón social o personalidad jurídica: 10, 40 y 60 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.