Tribunal Constitucional desestimó recurso para evitar alza de planes de Isapres
El organismo sostuvo que las aseguradoras privadas de salud tienen la potestad para ajustar el precio base de sus planes, de acuerdo a la legislación vigente. En tanto, la justicia ya acumula 100 mil recursos de protección contra estas alzas.
El Tribunal Constitucional rechazó un recurso de inaplicabilidad presentado por una usuaria para evitar el reajuste de su precio base de su plan de Isapre por considerarlo inconstitucional.
El requerimiento de una usuaria de Cruz Blanca consignaba que se había vulnerado su derecho de igualdad ante la ley, pero el TC señaló que las aseguradoras de salud privadas tiene la potestad para ajustar el precio base de sus planes, de acuerdo a la legislación vigente.
El fallo consigna que “no puede entenderse como una potestad omnímoda de reforma unilateral a ser ejercida con volubilidad, sino más bien como un mecanismo concebido para mantener la equivalencia de las prestaciones de los contratantes”.
Esta decisión fue rechazada por el abogado recurrente Pedro Barría, quien declaró a La Tercera que la sentencia “hace un análisis jurídico erróneo de las circunstancias al estimar que no existe violación a la igualdad ante la ley cuando hay una empresa comercial poderosa que todos los años le impone un precio a los afiliados”.
“El cuestionamiento que hacemos no es a la facultad de reajustar, sino a la forma de hacerlo. No puede dejarse que la fijación del ajuste quede en manos exclusivas de la isapre, pues genera desequilibrio ante la ley”, sostuvo.
Por su parte, la Corte de Apelaciones de Santiago ya acumula más de 100 mil recursos de protección contra las Isapres en lo que va del año.