Corte de Apelaciones rechazó recurso para evitar cierre del tradicional Portal Bulnes
Asimismo, se determinó que la alcaldía cuenta con las facultades necesarias para poner fin a los permisos de explotación, por lo que no hay arbitrariedad o ilegalidad al ejercer esta facultad.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por 20 locatarios del Portal Bulnes –conocido como el paseo de las carteras- en contra de la decisión de la Municipalidad de Santiago de poner fin a los contratos de arrendamiento.
En fallo unánime, los ministros de la Novena Sala del tribunal de alzada Juan Antonio Poblete, Carla Troncoso y el abogado integrante Hugo Fernández, desestimaron la acción cautelar presentada por considerar que no es la vía idónea para reclamar por el término de los contratos.
La resolución agrega: “Así las cosas, de los antecedentes aportados por la parte recurrente, no consta antecedente alguno que permita a esta Corte, adquirir la convicción suficiente, para estimar acreditado que -en el presente caso- los hechos invocados en el recurso, constituyan un acto arbitrario o ilegal, es decir, un acto u omisión contrario a la ley en que haya incurrido el organismo recurrido o que este acto u omisión sea producto del mero capricho del mismo, que amague, altere o prive a la actora del legítimo ejercicio de derechos y garantías enumerados en el artículo 20 de la Carta Fundamental”.
Asimismo, se determinó que la alcaldía cuenta con las facultades necesarias para poner fin a los permisos de explotación, por lo que no hay arbitrariedad o ilegalidad al ejercer esta facultad.