Abogado de menores absueltos por caso Peaje Quino: "Estudiaremos la posibilidad de demandar al Estado"
Raúl Castro Antipán, un ‘delator compensado’ participó en numerosos juicios amparado por la Ley Antiterrorista y terminó por reconocer que se habría infiltrado en las comunidades como un informante remunerado por Carabineros para cometer atentados e inculpar a los comuneros.
Juan Patricio Queipul hoy tiene 18 años y en su comunidad de Temucuicui es conocido como “El Patito”. A los 15 se declaró clandestino y arrancó a un cerro al sur del río Malleco. Estaba cansado, a esa edad ya había sido golpeado, interrogado y estuvo al borde de morir de hipotermia, oculto para no ir la cárcel. Tampoco pudo terminar de estudiar.
Ayer, él y el joven Luis Marileo, salieron absueltos por unanimidad en el Tribunal de Angol en el juicio por la causa “Peaje Quino” de la ciudad de Victoria. Marileo vive en la comunidad Mateo Ñirripil y fue imputado siendo menor de edad en septiembre de 2009 por el caso “Fundo Brasil” y los delitos de incendio de carácter terrorista y robo con intimidación. El 11 de noviembre, en su juicio, se aceptó como única prueba la declaración de un testigo protegido.
Sebastián Saavedra, abogado defensor de los menores y del Centro de Investigación y Defensa Sur (Cidsur) en conversación con El Dínamo, afirma que hace más tres meses, en medio de la preparación del juicio oral en el caso de Patricio Queipul, el tribunal aceptó incorporar una vez más la declaración del llamado “delator compensado” (artículo 4 de Ley antiterrorista). El juez de letras, Francisco Maragaña, validó la declaración y Raúl Castro Antipán fue citado por la fiscalía para asumir la figura del delator. “Bastaba que una resolución que declarara ilícita la prueba obtenida Castro Antipán dado que se estaba aplicando Legislación Antiterrorista a menores”, espeta.
Raúl Castro Antipán, quién ayer volvió a declarar, era un testigo conocido porque ya había sido delator compensado en tres juicios contra mapuches. Además, en la preparación del juicio, se consideró válida su declaración en contra de menores de edad, contraviniendo las reformas y toda norma internacional. Cuando se separó a los menores de los adultos imputados, se hizo porque la idea era no aplicarles en ningún caso esta ley pero, según los abogados de Cidsur, el Ministerio Público insistió en llevar como prueba al delator compensado y los Tribunales de Justicia lo aceptaron.
Finalmente, y ante la sorpresa de todos en el juicio, Castro Antipán terminó por reconocer que en realidad que se habría infiltrado en las comunidades como un informante remunerado por Carabineros para cometer atentados e inculpar a los comuneros. Incluso, señaló que se le estaría pagando un departamento y otros antecedentes que serán materia de investigación.
Según datos preliminares entregados por algunos medios de comunicación, entre 2009 y 2011 cerca de 30 comuneros habrían sido encarcelados por el testimonio de Castro Antipán. Frente a esta situación, el abogado de los menores, reveló que estudiará una demanda contra el Estado por los daños que sus representados sufrieron.
¿Cómo se dio esta confesión tan polémica de Raúl Castro Antipán?
Raúl Castro Antipán comenzó siendo testigo protegido de la Fiscalía pero, volviendo en el tiempo, un poco más atrás, lo que se supo es que en verdad era un informante de Carabineros, una figura bastante extraña que no está expresamente regulada en la ley, quizás sólo en la Ley de drogas con el uso del “agente encubierto”. No aparece en ninguna parte de la legislación ni siquiera en la Antiterrorista. Esto da cuenta de las formas en el que el Estado investiga a través del Ministerio Público a las comunidades mapuches, a través de agentes infiltrados para encarcelar a comuneros. Ahora, lo grave de esta situación es que se utilizaron disposiciones de esta ley Antiterrorista para acusar a estos jóvenes, uno de ellos estuvo en internación provisoria y el otro estuvo con orden de detención pendiente durante casi un año. No podía salir de su comunidad porque en cualquier momento lo podían tomar detenido.
¿Qué medidas tomarán frente a la gravedad de esta revelación?
Castro Antipán ya fue condenado en las causas Turbus y Peaje Quino, lográndose la condena sólo respecto de él, ninguna otra persona ha sido condenada por esos hechos. Por el momento vamos a esperar el fallo y estudiaremos las posibilidades de demandar al Estado por la infracción de garantía que se cometió en contra de nuestros representados. Esperaremos la lectura de la sentencia para ver si el Ministerio Público pide la nulidad o no.
Castro Antipán además entregó el nombre de un Carabinero y a la Dipolcar…
Eso ya lo había anticipado en el caso Turbus y también lo del capitán de carabineros Patricio Marín Lazo como encargado de aquella misión de Castro Antipán. Una de las consideraciones que se tuvo en cuenta, ahora en el momento de la absolución, fueron las evidentes contradicciones que existían entre uno y otro. Uno informaba que le ofrecía cierta ayuda en materia criminal y el carabinero contestó que eso era falso y que nunca se le otorgó ningún medio para ello. Castro Antipán comentó además que se le está pagando un departamento y una serie de antecedentes que sería interesante poder conocer en profundidad, pero por el momento no nos compete, me interesa más la libertad de mis representados.
Después del proceso. ¿Cómo vivió la absolución de los jóvenes comuneros?
Al principio como una situación bastante particular, por el hecho de que el Congreso Nacional debió modificar en dos oportunidades la legislación antiterrorista con el objeto que los menores de edad no se vieran involucrados en este tipo de procedimientos. La Ley Antiterrorista abre la puerta para que se den este tipo de situaciones bastante anómalas- como el caso de Castro Antipán- en un Estado de Derecho Democrático donde hay delatores compensados, infiltrados y agentes provocadores, inclusive en este caso, con todo el peligro que tiene para la seguridad ciudadana. Además que sean pagado o mantenidos con los impuestos de todos nosotros. Este tipo de situaciones se da sólo en estas legislaciones especiales, legislaciones de excepción que son improcedentes respecto a los menores de edad.
Es una situación que se podría haber evitado…
Al principio esto (la situación de Patricio Queipul) solamente se dio a conocer con la huelga de hambre y el Congreso Nacional modificó la legislación, pero tuvo una nula aplicación en la novena región, tanto así que se tuvo que realizar una segunda modificación donde se estableciera, ya de forma perentoria, que no se les aplicaría la ley a los menores. Lamentablemente se llegó hasta la instancia del juicio oral cuando esto podría haber terminado hace meses en el Juzgado de Garantía en el momento de preparación del juicio. Bastaba que una resolución declarara como ilícita la prueba obtenida por Raúl Castro Antipán dado que se estaba aplicando Legislación Antiterrorista a menores. Los tribunales de justicia regionales no lo entendieron así, pese a que les pidieron modificar en dos oportunidades la ley bajo el objeto que lo comprendieran. Afortunadamente el tribunal penal de Angol comprendió esta situación y, dado las incoherencias de las declaraciones de Castro Antipán, fueron absueltos ambos comuneros por unanimidad.
¿Existe una persecución o trato discriminatorio en lo judicial contra estas comunidades?
La discriminación siempre ha existido en esta zona, es tan fácil entenderlo contando cuantos casos de niños chilenos se encuentran procesados por ley antiterrorista, los únicos casos que vas a encontrar con la vuelta a la democracia son estos muchachos, cuatro jóvenes mapuches procesados y tratados como terroristas. Eso es deslegitimar absolutamente su participación en actividades democráticas pues quedas excluido de votar, no puedes ser presidente ni de una junta de vecinos, ni participar en partidos políticos, pierdes tu ciudadanía. Es exclusión social lo que se quería hacer con estos niños.
Pese a estas noticias en varias ocasiones se ha denunciado cómo se sigue utilizando la ley antiterrorista “disfrazada”.
Eso es lo que ocurrió en este proceso, se quitó todo lo que tuviera la palabra terrorista, se eliminó toda referencia a la ley, pero se dejó como medio de prueba el testimonio de Raúl Castro Antipán, al cual se le ofreció un beneficio amparado en esta legislación. Además él trabajaba bajo normas de inteligencia, normas que tampoco son aplicables a menores. Ciertamente existe un doble estándar, se trata de mostrar que no se aplica la ley, pero se los condena utilizando los mismos medios y esta misma ley que lo permite. Estos muchachos tuvieron la mala suerte, por llamarlo de alguna manera, de vivir en estas comunidades que se consideran conflictivas por el Estado de Chile y al ingresar este sujeto como infiltrado se comenzó a procesar a los líderes de las comunidades. Él siempre se relacionó con el capitán Marín Lazo.