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28 de Marzo de 2014

Jaime Pacheco, Defensor Público: “No hay motivos para tener a Emilio Berkhoff en prisión”

El Tribunal de Alzada de Concepción decretó revelar la identidad de los 14 testigos sin rostro que se presentarían en el juicio del estudiante, para su abogado es el propio Ministerio Público quein ha señalado que sin testigos, no hay caso.

Por Carolina Rojas
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Ayer en un fallo unánime,  la primera sala de la Corte de Apelaciones ordenó revelar la identidad de los 14 testigos protegidos que debían presentar su testimonio en contra de Emilio Berkhoff, luego que se declaró inadmisible el recurso presentado por el Ministerio Público para anular el fallo del Tribunal del Cañete y mantener en reserva la identidad de los declarantes.

Berkhoff fue vinculado a la Coordinadora Arauco Malleco y lleva un año encerrado en la cárcel de Lebu en prisión preventiva, luego que fuera formalizado por los delitos de incendio, dos delitos de robo con intimidación y dos por porte ilegal de armas de fuego. El activista, sindicado por al anterior gobierno como uno de los responsables de la incitación a la violencia en la Araucanía,  estuvo en huelga de hambre para acusar persecución política, luego de que el Tribunal de Garantía de Cañete lo dejara en prisión.

En conversación exclusiva con el Dínamo,  el defensor del estudiante, Jaime Pacheco, reveló que Berkhoff  pasa encerrado 16 horas al día, carente de las condiciones mínimas de higiene.  Basándose en la idea de que ha señalado el propio organismo persecutor, en relación a que  “sin testigos, no hay caso”, para Pacheco “Sin caso podría quedar sin efecto la prisión preventiva”.

¿En qué momento se decreta revelar la identidad de los 14 testigos secretos en el caso de Emilio Berkhoff?

El Ministerio Público había presentado una apelación en contra de la decisión a la que optó la jueza de garantía en Cañete de revelar la identidad de los testigos, la jueza estimó que esa apelación era inadmisible. Entonces, lo que hizo el Ministerio Público fue presentar un recurso de hecho que tenía por objeto que la Corte de Apelaciones si conociera esta apelación. Lo que sucedió ayer fue que la Corte rechazó este recurso, porque estima que no se dan los fundamentos esgrimidos por ellos y confirma la decisión de la jueza de Garantía de que la resolución es inapelable y que  por tanto hoy lo que corresponde es que se entregue a la defensa la identidad de los testigos secretos.

Lo que permite reconocer las relaciones que puedan tener los testigos, por ejemplo, con las empresas forestales…

Claro, efectivamente lo que nosotros hemos sostenido, es que para garantizar el adecuado derecho de defensa y testigos no basta con conocer sólo lo que se dice de los acusados, acá es importante saber quién dice determinada cosa, esto le permite al Tribunal valorar qué tan creíble o no son los testimonios. Uno puede descubrir las motivaciones por las que puede estar declarando, las vinculaciones que puede tener con determinadas víctimas, en este caso con determinadas empresas forestales. Eso también te permite conocer las capacidades físicas e intelectuales de los testigos, por ende es un antecedente muy relevante para el contraste de testimonios.

 Volvemos a la discusión respecto a los casos donde los testigos sin rostro son la única prueba. ¿Cuáles son las garantías de que una persona inocente no vaya a la cárcel?

En este caso, es el propio Ministerio Público quien lo ha reconocido, que es esa su única prueba, en la Corte lo que dijo fue: “Si usted me priva de los testigos secretos yo no tengo caso en contra de Emilio Berkhoff”. Con esto está demostrando que la única prueba en la que puede basar sus imputaciones son en estos testigos secretos y estos ,como medio de prueba, ya es controvertido. Lo que nadie puede aceptar es que sólo se pueda condenar con testigos secretos. En este caso, eso significa que los más de 40 peritajes que han hecho y las numerosas ordenes de investigar que se han diligenciado no han servido absolutamente de nada .  

¿Nunca hubo pruebas reales en contra de Berkhoff?

Mi tema es lo jurídico, sólo me puedo referir a eso y desde el primer día que asumimos la defensa de Emilio, hemos sostenido siempre lo mismo: que aquí no hay antecedentes objetivos o serios para vincular a Berkhoff con los hechos que se le están atribuyendo. Lo hemos dicho las cuatro veces que hemos pedido que se deje sin efecto su prisión preventiva. Además es innegable que desde el primer día de su detención, Emilio fue presentado ante la prensa como si fuera culpable.

Estos últimos días se anunció que este gobierno no utilizará la Ley Antiterrorista, pero se sigue usando la figura de testigo sin rostro y el delator compensado…

El riesgo del uso de los testigos sin rostro, es que  tú puedes privar de libertad a alguien -ya sea  por la vía de prisión preventiva una condenarlo- con una prueba que es de muy baja calidad, que es muy cuestionable con un importante margen de error en la sentencia. En consecuencia,  en este mismo caso por ejemplo, si el Ministerio nos dice no tengo más prueba que los testigos secretos, la verdad es que lo más racional es pensar que no hay motivos para tener a Emilio con privación de libertad. Creo que el uso de estos elementos afecta sustancialmente el derecho de defensa. Hay casos excepcionales, muy extraordinarios donde podría justificarse el uso de este instrumento porque esta figura tiene por función proteger al testigo frente a la peligrosidad o riesgo de su vida, por lo tanto lo primero que tiene que acreditar el Ministerio Publico es que se da esa situación.

¿Cómo se encuentra hoy Emilio Berkhoff?

Él tiene una pareja y dos hijos pequeños uno de cuatro y otro de dos,  ya lleva privado de libertad casi un año y en condiciones bastante duras, está en el módulo de aislados y pasa encerrado  16 horas horas al día, su mado a eso,  su celda no cuenta con accesos a instalaciones sanitarias. Cuando llega la hora del encierro, desde las cinco de la tarde hasta las seis y media de la mañana, Emilio debe usar botellas o bolsa plásticas para sus necesidades básicas, son condiciones bastantes indignas. Lo que resta hora, es que el Ministerio Público tiene diez días para decidir qué es lo que va hacer, ese plazo que  vence el 7 de abril para concretar su acusación.

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