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Actualizado el 25 de Noviembre de 2020

Cuotas: una dictadura musical

Es dudoso que este proyecto si se convierte en ley logre efectivamente fomentar la música nacional. ¿Quién fiscalizaría el cumplimiento de la cuota? Pareciera que existe un mayor interés por el establecimiento de la cuota –con los beneficios económicos que esto significa- más que una real preocupación por el fomento de la música e identidad nacional.

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Constanza Hube es Investigadora Programa Legislativo Libertad y Desarrollo.

Esta semana fue aprobado en general en el Senado el proyecto de ley que busca obligar a las radioemisoras a emitir diariamente al menos un 20% de música nacional. Esta iniciativa parlamentaria ha sido polémica, principalmente por el lobby que han realizado artistas nacionales para su aprobación.

Uno de los principales argumentos que se han dado a favor de este proyecto consiste en que una serie de expresiones musicales chilenas, así como muchos artistas nacionales han perdido vigencia debido a la falta de exposición de sus obras en los medio de comunicación masiva, en particular los radiales.

Es indudable que es importante y necesario potenciar las expresiones artísticas nacionales, sin embargo lo que es discutible es el instrumento que debe emplearse para ello, y desde este punto de vista, la imposición de una cuota no resulta ser ni el más idóneo, ni el más eficiente.

Esta medida constituye una intromisión excesiva del legislador en un medio de comunicación que limita la capacidad de optar por parte de los auditores. ¿Por qué el legislador va a saber qué tipo de música queremos escuchar y durante cuántas horas a la semana?.

Desde un punto de vista constitucional es importante tener a la vista la libertad de opinión y de información en relación con la libertad de crear y difundir las artes. En efecto, la imposición de una cuota implica intervenir directamente en la programación de las radioemisoras, vulnerando su línea editorial. Por otro lado, desde la perspectiva de la igualdad ante la ley, esta iniciativa no aprueba el test de proporcionalidad (frecuentemente utilizado por el Tribunal Constitucional). Lo anterior, ya que claramente existen medidas menos lesivas que colaboran con el cumplimiento del objetivo perseguido, como por ejemplo la creación de incentivos para que programas y radioemisoras transmitan más música nacional. Por lo demás para este fin fue publicada la ley sobre fomento de la música chilena, que creó el Consejo de Fomento de la Música Nacional (Ley N°19.928).

Se ha señalado que las radioemisoras son concesionarias del espacio radioeléctrico que es público, y que por esta razón existiría una suerte de deber de reciprocidad hacia el conjunto de la sociedad, lo que permitiría justificar la cuota del 20%. Si bien, es cierto que las radioemisoras no son dueñas del espacio radioeléctrico, cabe aclarar que sí lo son del derecho de propiedad que recae sobre la concesión. Por lo anterior, cualquier limitación al derecho de propiedad que las radioemisoras tienen sobre su concesión tiene que estar necesariamente justificado en base a los criterios de la función social de la propiedad que están taxativamente dispuestos en la Constitución.

Finalmente, es dudoso que este proyecto si se convierte en ley logre efectivamente fomentar la música nacional. ¿Quién fiscalizaría el cumplimiento de la cuota? Pareciera que existe un mayor interés por el establecimiento de la cuota –con los beneficios económicos que esto significa- más que una real preocupación por el fomento de la música e identidad nacional.

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