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Actualizado el 25 de Noviembre de 2020

La CONFECh y la oportunidad para erradicar el autoritarismo en la educación superior

La exigencia de la CONFECH, y la propuesta elaborada en concordancia por el Centro de Estudios de la FECH, no sólo busca garantizar la efectiva organización y participación de las Comunidades Educativas de cara a la actual coyuntura política sino que más aun, plantea dar un primer paso en la superación de uno de los pilares del proyecto educacional de la dictadura.

Por Centro de Estudios de la Fech
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Centro de Estudios de la Fech es Fundación sin fines de lucro, que busca proveer de respaldo técnico y teórico a las posturas de la Federación y las demandas del Movimiento Social en general. www.cefech.cl

Por Javier Pineda Olcay

Estudiante de Derecho en la Universidad de Chile y Director del Centro de Estudios FECh

 Una de las exigencias planteadas por el CONFECH para adherir al Plan Nacional de Participación impulsado por el MINEDUC para recoger las propuestas de la ciudadanía sobre la reforma educacional es establecer medidas concretas e inmediatas en relación a la democratización de las instituciones de educación superior, cuya actual situación – como hemos venido describiendo en otras columnas-, se caracteriza por importantes limitaciones a la organización y participación de los actores involucrados.

La demanda, que se tradujo mediáticamente como “la derogación de los artículos del DFL 2”, es en realidad una exigencia mucho más profunda que tiene como  objetivo político el fortalecimiento de la organización estudiantil  para lograr una incidencia en la dirección de las Instituciones de Educación Superior como Comunidad Universitaria, mediante la posibilidad de participar con derecho a voz y voto en las elecciones de autoridades unipersonales y en la integración de organismos colegiados que toman las decisiones políticas e institucionales de sus respectivos espacios.

Para cumplir este objetivo, el Centro de Estudios de la FECh (CEFECH) elaboró una propuesta, ratificada por la Mesa Ejecutiva CONFECH, que busca materializar dicho objetivo mediante un proyecto de ley.

El contenido de esta propuesta dice relación con dos puntos: (i) la derogación de las disposiciones del DFL 2 que prohíben el cogobierno y (ii) el resguardo y promoción del derecho de asociación de los estudiantes para formar distintas organizaciones estudiantiles.

El primero de ellos, además de la derogación de los artículos 56 letra e), 67 letra e) y 75 letra e) del DFL N° 2 de 2009 del MINEDUC que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 20.370 con las normas no derogadas del DFL N° 1, de 2005, “legisla en positivo” permitiendo la participación de estudiantes y personal no académico en el gobierno, dirección y gestión de las Instituciones de Educación Superior privada.

Al mismo tiempo, establece como exigencia para la constitución de Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica que sus estatutos señalen los mecanismos de consulta y participación de los estudiantes, trabajadores docentes y no docentes en la gestión y dirección de ellos.

Y para que ambas disposiciones tengan eficacia real en el actual sistema de Educación Superior, establece un plazo para que las instituciones existentes a la fecha adecúen sus estatutos. Del mismo modo, prescribe la aplicación de esta materia en particular a las Instituciones creadas por ley a fin de despejar toda duda de interpretación del cuerpo legal.

El segundo punto de esta propuesta de proyecto de ley busca regular el Derecho de Asociación de los estudiantes de los establecimientos mencionados, a fin de resguardarlo y promoverlo. Para este propósito consagra un listado de derechos específicos reconocidos a los estudiantes de la Educación Superior y crea la figura de las Asociaciones de Estudiantes.

Del mismo modo, se consagra la plena autonomía de los estudiantes para conformar las Asociaciones  y organizaciones que estimen pertinentes para canalizar sus inquietudes y representarse ante la autoridad del establecimiento u otras instancias. Y siguiendo el ejemplo de la normativa vigente de la Universidad de Chile (Artículo 7° del Decreto Universitario N°007586), se manda a que los establecimientos reconozcan a la más representativa de estas Asociaciones para relacionarse con el estamento estudiantil en cada ámbito o nivel organizacional (consejos de curso, centros de estudiantes, federaciones).

Finalmente, el proyecto establece sanciones a los establecimientos que impidan u obstaculicen la asociación de los estudiantes, habida cuenta de que se trata del ejercicio de un derecho consagrado a nivel constitucional.

Creemos que la exigencia de la CONFECH, y la propuesta elaborada en concordancia por el Centro de Estudios de la FECH, no sólo busca garantizar la efectiva organización y participación de las Comunidades Educativas de cara a la actual coyuntura política sino que más aun, plantea dar un primer paso en la superación de uno de los pilares del proyecto educacional de la dictadura.

Hablamos de la brutal desarticulación de las comunidades educativas que dio paso luego a una institucionalidad de gobierno de las Instituciones de Educación Superior bajo una lógica empresarial y autoritaria que comprende a los estudiantes como meros objetos de un proceso productivo y a los trabajadores como recursos de éste, en la que la dirección y gestión de las Universidades, IP y CFT corresponde exclusivamente a los directivos-dueños en función única de los vaivenes del mercado.

Frente a lo anterior, nuestra propuesta busca constituir un primer paso en el desafío de construir instituciones de educación superior democráticas para una sociedad democrática, en la que se imponga una cultura de organización y participación de estudiantes, trabajadores docentes y no docente como condición mínima para el desarrollo de cualquier proyecto educativo. La CONFECh ha tomado la iniciativa de avanzar en las demandas históricas del movimiento estudiantil y quienes dicen estar en sintonía con ellas deben apoyarla.

 

 

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