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Actualizado el 25 de Noviembre de 2020

Una propuesta de bien público para el Minvu

"Si un Concejo Municipal decide mejorar, es decir, haciendo más permisivas las condiciones urbanísticas en los PRC, los poseedores de los permisos ya cursados van a estar felices de la vida".

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Patricio Herman es Presidente Fundación Defendamos la Ciudad

En la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), instrumento reglamentario de la Ley respectiva, se establece con meridiana claridad  que los permisos de edificación cursados por las Direcciones de Obras de las 345 municipalidades que hay en el país caducan automáticamente si sus titulares no hubieran iniciado las faenas de construcción en el plazo  de 3 años o si, ya iniciadas, hayan  permanecido paralizadas por el mismo período de tiempo. Este mandato se reflejaba en el artículo 5.1.20 de la OGUC y desde junio del año 2001 está vigente en el artículo 1.4.17 de la misma OGUC.

Dicha OGUC precisa que se entiende que una obra se ha iniciado si su titular ha realizado los trazados en el predio y comenzado las excavaciones contempladas en los planos del proyecto, los que siempre están en el expediente del permiso en poder de cada Dirección de ObrasMunicipales.

Al respecto, recordemos que en la legislación ambiental las resoluciones de calificación favorable impartidas por la autoridad competente para los proyectos que se someten el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) caducan a los 5 años y como desconocemos conflictos en ese ámbito de materias, nos referimos ahora al categórico dictamen Nº 95979 del 11/12/14 emitido por la Contraloría General de la República, mediante el cual declaró indubitablemente la caducidad de un permiso de edificación para un mall  otorgado en Viña del Mar hace 14 años (sic), extrañamente no obedecido a esta fecha, porque su titular a rajatabla desea mantener ilegalmente las normas urbanísticas bastante más permisivas en el Plan Regulador Comunal (PRC) de aquella época. Ese deplorable episodio está publicado en una columna anterior.

Ahora bien, como no se ha respetado el dictamen de la Contraloría, con el agravante de que tanto el Seremi de Vivienda y Urbanismo de la V Región como el Director de Obras de la Municipalidad de Viña del Mar y la propia Alcaldesa, buscan fórmulas artificiosas para no acatar dicho dictamen, se nos ha ocurrido proponerle al Minvu, específicamente al titular de su División de Desarrollo Urbano (DDU), instancia exclusiva que tiene atribuciones para modificar la OGUC y a emitir circulares interpretativas de la Ley y su Ordenanza, un cambio en dicha OGUC para que nunca más se repitan este tipo de prácticas desquiciadas que solo buscan engañar a la institucionalidad.

¿Qué proponemos ? Se debería señalar en la OGUC que la vigencia de los permisos de edificación es indefinida, pero solamente en la medida de que las normas urbanísticas contempladas en los PRC no se hayan modificado haciéndolas más restrictivas. Esta simple propuesta busca otorgar certeza jurídica a los actos administrativos de Vivienda y Urbanismo para que así sus titulares sepan siempre a qué atenerse cuando se producen cambios en los instrumentos locales de planificación urbana.

Si un Concejo Municipal decide mejorar, es decir, haciendo más permisivas las condiciones urbanísticas en los PRC, los poseedores de los permisos ya cursados van a estar felices de la vida porque se podrán acoger a las nuevas disposiciones y si se restringen en los PRC, ellos sabrán que obligatoriamente deberán iniciar sus obras en el plazo de 3 años, sin dejarlas paralizadas en el mismo período, porque si ello ocurre obligatoriamente el permiso caducó y deberá solicitar uno nuevo con las normas más limitantes cambiadas en los PRC.

En el caso del mall trucho de Viña del Mar, el Jefe de la DDU del Minvu, conforme las atribuciones que posee, deberá emitir una circular en términos genéricos, explicando que si existe el artículo 1.4.17 de la OGUC es para que los funcionarios públicos sectoriales, sin miedo a represalias de ningún tipo, ejerzan sus roles de custodios de la legalidad. De esta manera quedará en evidencia que, al menos, en la V Región el sector privado inmobiliario ya no tendrá privilegios en esta materia específica.

Por último, como las circulares de la DDU del Minvu son de carácter nacional, en otras municipalidades, como por ejemplo en la de Vitacura, ciertos influyentes empresarios de la construcción verán que se les ha terminado el recreo.

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