Juez Carroza sobresee a Gerardo Joannon por caso de adopciones irregulares
El magistrado determinó, que a pesar de acreditarse la participación de Joannon en los delitos, la responsabilidad penal se encontraba prescrita.
El ministro en visita Mario Carroza dictó sobreseimiento parcial y definitivo en la investigación por eventuales adopciones ilegales y donde aparece como principal involucrado el sacerdote Gerardo Joannon.
El magistrado determinó sobreseer la investigación por encontrarse extinguida la responsabilidad penal en los delitos de falsificación de instrumento público y privado, suposición de parto y usurpación de estado civil. Esto, a pesar de lograr acreditar los ilícitos cometidos entre 1975 y 1983.
Según señala el fallo judicial, “si los hechos acreditados fueron ejecutados en los años 1975 y 1983, y los delitos que ellos configuran se encuentran sancionados con penas de simples delitos, ha de concluirse que la acción penal en ambos casos se encuentra prescrita (…) y por ende, también la responsabilidad penal que pudiere corresponderle a Gerardo Joannon Rivera, se extinguiría de acuerdo a lo que establece el artículo 93 del mismo cuerpo legal”.
El caso fue dado a conocer por el portal Ciper, tras lo cual el sacerdote de los Sagrados Corazones reconoció ante la PDI que conocía de “cuatro casos de adopciones o inscripciones irregulares”.
Joannon realizaba gestiones ante familias del sector oriente de Santiago para entregar en adopción a los bebés de las adolescentes, indicando que todo comenzó en 1972, cuando “fue contactado por un colega sacerdote, quien se encontraba fuera de Santiago, con la finalidad de que pudiera ayudar a una familiar suya, quien era de 19 años, menor de edad y estaba embarazada”.
Tras estallar esta polémica, se inició una investigación en la congregación a la cual pertenece Joannon, la cual determinó que “participó activamente en ambos casos de adopciones irregulares” y además mantiene desde ese periodo una “relación impropia” con la madre de uno de los recién nacidos involucrados.