¿Qué trabajadores tienen derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias?
Es una de las tantas cosas buenas que tiene septiembre, sin embargo, no todos tienen derecho a recibir este dinero extra.
Llegan las Fiestas Patrias y -cómo no- el famoso aguinaldo. Sin embargo, lamentablemente no todos los chilenos tendrán derecho a este beneficio pensado para que celebremos de mejor manera el 18. ¿La razón? Su entrega depende de que si la persona trabaja en el sector privado, público o si es pensionado. Por eso a continuación te contamos quiénes reciben aguinaldo:
Trabajadores particulares
Quienes trabajan en el sector privado recibirán aguinaldo solo en el caso de que la empresa o el empleador desee, ya que no existe ninguna normativa que lo obligue a hacerlo.
Eso sí, existe un excepción, ya que si por varios años la empresa entregó este beneficio de manera sostenida, pero repentinamente deciden no hacerlo, los empleados pueden exigir que se vuelva a hacer informando a situación a la inspección del trabajo.
Es importante tener presente que no siempre este beneficio se entrega en dinero, también puede ser en forma de regalos, canastas familiares o vales.
Funcionarios Públicos
Por trabajar en el sector público las personas tienen derecho a recibir un aguinaldo para Fiestas Patrias. Se trata de un monto que ya fue determinado a finales del año 2014, luego que el gobierno y los trabajadores públicos acordaran una cifra.
De esta manera, tal como indica la Ley 20.799, nacida de estas negociaciones, “los trabajadores que, al 31 de agosto del año 2015, desempeñen cargos de planta o a contrata” en organizaciones públicas recibirán este dinero extra .
“El monto del aguinaldo será de $63.600 para los trabajadores cuya remuneración líquida, que les corresponda percibir en agosto de 2015, sea igual o inferior a $660.000, y de $44.149 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad”, señala la legislación.