Gobierno propone eliminar beneficios a sacerdotes que estén involucrados en juicios
La iniciativa que presentó el Ejecutivo responde a una modificación del código de procedimiento civil. Actualmente existe una excepción ante la situación de que algunos religiosos comparezcan ante la Justicia.
Para alguna persona que sea parte de algún proceso judicial, sea en la condición que sea, tiene una serie de derechos y de obligaciones. Cuando se es citado, por ejemplo, una persona normal debe concurrir al lugar que propone el Ministerio Público o los ministros en visita o instructores, o en su defecto proponer uno distinto.
No obstante, algunas partes del Código de Procedimiento Civil, plantean distinciones a algunas personas, de acuerdo a su autoridad. Sin embargo, también se incluyen personas que tienen otro tipo de mando: “Podrán declarar en el domicilio que fijen dentro del territorio jurisdiccional del tribunal: el Presidente de la República, los ministros de Estado, los senadores y diputados, los subsecretarios (…) el arzobispo y los obispos, los vicarios generales, los provisores, los vicarios y provicarios capitulares; y los párrocos dentro del territorio de la parroquia a su cargo”. Este código comenzó a regir a principios del siglo XX, el 1 de marzo de 1903.
Por eso es que el gobierno está impulsando una serie de cambios para establecer el nuevo Código de Procedimiento Civil, que actualmente está en segundo trámite en el Congreso. Uno de los cambios, de acuerdo reporta La Tercera, es eliminar parte de el párrafo anterior: el que responde a las autoridades relacionadas con la Iglesia Católica.
Uno de los ejemplos de ejecución de esta parte del código responde a la demanda civil que las víctimas de abuso sexual por parte de Fernando Karadima (delitos acreditados pero prescritos por haber ocurrido hace muchos años) en la que acusan al Arzobispado de Santiago de haber actuado de forma negligente y de haber desoído sus acusaciones.
Uno de los que debía declarar era el cardenal y arzobispo emérito de Santiago, Francisco Javier Errázuriz. El 30 de septiembre, Errázuriz solicitó declarar en su domicilio en Providencia. Por tanto, el ministro de fuero, Juan Manuel Muñoz debió trasladarse a ese lugar.
Este privilegio, de avanzarse en los cambios al Código de Procedimiento Civil, podría terminarse.
En un documento, firmado por la actual ministra de Justicia, Javiera Blanco, se establece que “en concreto, y por lo que respecta a la consulta formulada, la nueva regulación no contempla el beneficio de excepción de comparecencia al tribunal en favor de representantes eclesiásticos, toda vez que han sido eliminadas las referencias contenidas en el numeral 1° del artículo 361 del Código de Procedimiento Civil”. También se busca eliminar el numeral 3° de ese mismo artículo, relativo a “los religiosos, incluso los novicios”.
El obispo de la Iglesia Pentecostal Reformada y presidente de la Mesa Ampliada de Entidades Evangélicas (UNE), Emiliano Soto, indicó que “todas las personas somos iguales ante la ley. El trato debe ser igualitario para todos, no solamente para los ciudadanos que cumplen un rol religioso o de autoridad política, sino que todos somos igualmente ciudadanos ante la ley y frente a la sociedad”.
La ex presidenta y actual consejera del Colegio de Abogados Olga Feliú dijo que “esta norma tenía un fundamento. La actividad de un párroco o un religioso, no es conciliable con una ida a un tribunal en cualquier día y hora. Lo que está malo es que esta medida no se extienda a otros credos religiosos”.
Anastasía Assimakópulos, profesora de Derecho Canónico de la U. de Los Andes, recordó que “hay una separación de la Iglesia con el Estado.Por lo tanto, el Estado es el que verá lo que hace respecto a quiénes le da la posibilidad de declarar fuera de los tribunales. Es algo sobre lo que la Iglesia no puede decir ‘me están quitando o dando derechos’”.
La Conferencia Episcopal, en tanto, expresó que una vez que se conozca el proyecto en su totalidad, van a referirse al tema.