Fiscalía no tendrá acceso a antecedentes de colusión del papel higiénico
En el fallo del Tribunal Constitucional determinaron que revelar la información pondría en peligro la investigación.
Con el objetivo de detener la entrega de anexos reservados, – y, por ello, confidenciales – el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia había exigido el acceso a la información. Sin embargo, este viernes 8 la Segunda Sala del Tribunal Constitucional dictó que los datos se acogerán a lo dispuesto por el Decreto Ley N°211.
¿En qué consiste este decreto? Que la información revelada no será una que atente contra los derechos y garantías constitucionales de las personas. Debido a esto, agrega el fallo: “se prohíbe, una vez decretado el secreto o confidencialidad de un documento, al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, poner en conocimiento de terceros los referidos documentos, debido a que su revelación podría afectar significativamente el desenvolvimiento competitivo de su titular y resguardar debidamente la eficacia de las investigaciones de la Fiscalía Nacional Económica”.
El argumento principal que esgrime el Ministerio Público es que, de salir a la luz los antecedentes, las repercusiones podrían terminar siendo perjudiciales para la investigación, afectando, de este modo, a la seguridad jurídica.
Ante el fallo, la próxima instancia es la Corte de Apelaciones de San Miguel, que resolverá si se entregan o no los antecedentes pedidos en una fecha que aún no se determina.