Hasbún y beneficios a condenados por DD.HH: “¿Por qué no se les da el mismo trato que a los reos comunes?”
El diputado de la UDI levantó nuevamente este tema, a partir de una columna de opinión en la que plantea que los militares procesados por delitos de lesa humanidad más bien enfrentarían a una venganza, en vez de un proceso judicial ajustado a derecho. Abogados que tramitan este tipo de causas rebaten su postura.
“Justicia y venganza” se llama la columna que, de pluma del diputado UDI Gustavo Hasbún, generó polémica esta jornada al sugerir que diversos uniformados involucrados en delitos de violaciones a los Derechos Humanos más bien se encontrarían sufriendo un acto de venganza en vez de un debido proceso.
Según lo que plantea esta carta al director publicada en La Tercera, existen al menos dos puntos en los que se reflejaría que los procesados por estos delitos estarían enfrentando un acto, a juicio del parlamentario, más bien lejano de la Justicia: la “ficción jurídica”, mencionada por el actual coordinador de la Unidad de Derechos Humanos del Ministerio de Defensa y ex juez, Alejandro Solís, y el que diversos uniformados actualmente cumpliendo condena no habrían podido acceder a beneficios carcelarios ni menos a indultos.
La “ficción jurídica” que abordó el otrora magistrado en el programa “El informante” –capítulo emitido tras la muerte del jefe de la DINA, Manuel Contreras– apunta a que si no se acredita la muerte de una persona detenida, en este caso en Dictadura, se presume aún “detenida” por los hechores. Por tanto el delito no prescribe ni es amnistiable y ese razonamiento fue calificado de “ficción” por Solís.
Sobre esto, Hasbún ante todo aclara a El Dínamo que él no se refiere a un caso específico o particular, respecto de causas de Derechos Humanos. “Lo que el ex ministro Solís dice me parece digno de analizar. Si existe esta ‘ficción jurídica’, la pregunta del millón es ¿esto es por justicia o por venganza? Y eso lo tiene que responder la justicia. Esta interrogante es real y existe. ¿Para qué se está haciendo? ¿Se está haciendo para impartir justicia, esta ‘ficción jurídica’ que se reconoce? Porque obviamente es inconstitucional. Porque si fuera así, se dice que existe esta ‘ficción jurídica’, ésta no existe. Distinto sería que se dijera aquí que esa es la forma que se encontró para hacer justicia. Yo estoy haciendo esa pregunta”.
Respecto del segundo punto, el diputado asegura que independiente de que Chile adscriba a tratados vinculados a materias de Derechos Humanos, tal como planteó a El Mercurio la abogada Carmen Hertz “la legislación internacional no habilita a concederles beneficios carcelarios a los delincuentes de lesa humanidad porque significaría una suerte de indulto encubierto”, esto no ha significado aún un cambio en la ley.
Para el parlamentario, en este aspecto, una cosa sería adscribir a estos tratados internacionales, que significa que se debe adecuar la ley, lo que es distinto a “violar la ley para llegar al tratado”. “Puedes decir que la ley se contradice con los tratados internacionales, eso es otra cosa distinta. Y a lo mejor hay que modificar la ley, y a lo mejor votaré a favor de modificar esa ley. Sólo digo que con la legislación actual, si ellos (militares procesados por casos de Derechos Humanos) pueden acogerse a esos beneficios, la pregunta es por qué no se les da el mismo trato que al resto, que los reos comunes”, plantea el parlamentario.
En ese sentido, especifica que hay casos donde hay personas condenadas, a veces reincidentes, cuya situación no reviste problemas de carácter humanitario de por medio, que además ni siquiera tienen avanzada edad, y “pueden recurrir. En el otro caso, algunos militares de edad avanzada, y con enfermedades terminales, no se les otorga. Existe un estándar. Si hay que cambiarlo, cambiémoslo. No empecemos con ‘ficciones jurídicas’. No tengo problema con discutir o cambiar las cosas, pero si hoy la ley lo permite, por qué no se puede optar. Ahí va la pregunta. Si acaso es justicia o venganza. Si queremos justicia, que se aplique la ley tal como está, incluyendo los beneficios como están, a los que algunos podrían acceder. Si no gusta, se cambia, pero no inventes algo por el lado o des excusas para tratar de discriminar y decir por qué unos sí pueden y otros no”.
Quien hace frente a esta argumentación es el abogado de causas de Derechos Humanos, Cristián Cruz. Respecto de la ‘ficción jurídica’, planteado el mismo caso que aludió Hasbún y en términos igualmente generales, en el caso de secuestro, para Cruz no existiría una ficción hasta que “los militares acrediten dónde está el cuerpo de la víctima. Se cumple el presupuesto del código penal de secuestro calificado. Las consecuencias penales que hay son justamente lo que los militares pretendieron, que los cuerpos no apareciesen, que los familiares vivieran en dolor permanente, con imposibilidad de duelo y le insisto, se cumple plenamente”.
Carmen Hertz también especificó a El Mercurio que los delitos de lesa humanidad no son susceptibles de estos beneficios carcelarios, ya que el bien jurídico que está protegido en este caso “es la seguridad mundial, porque atentan contra la condición humana. Éste es el agravio a la vida, a la libertad de las personas, a la integridad física y también a la condición humana. El bien jurídico que se ofende es la condición humana, por eso no son delitos amnistiables o prescriptibles”. Cruz, por su parte, recuerda que sí se han dado beneficios. “Al señor Odlanier Mena (ex jefe de la Central Nacional de Informaciones) se le vio paseando en un mall y se suicidó en su casa. Sin beneficio, lamentablemente, quizás estaría vivo”.